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Poder Judicial: personas mayores de 65 años no podrán presentar documentos de manera física

Poder Judicial: personas mayores de 65 años no podrán presentar documentos de manera física

Tras la implementación del aplicativo “Citas electrónicas para Mesa de Parte”, se ha determinado la edad máxima de las personas que entreguen de manera física escritos en las dependencias judiciales.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 23 de septiembre 2020

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ACTUALIZACIÓN: 29 de septiembre de 2020

El día de hoy se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Administrativa N° 000258-2020-CE-PJ que dispone que las personas mayores de 65 años no podrán ingresar documentación de manera física en las mesas de partes de los órganos jurisdiccionales.

Además, las Cortes Superiores de Justicia deberán emitir un reporte sobre las citas que han sido solicitadas por los administrados. Asimismo, los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y la Gerencia General del Poder Judicial deberán adoptar todas las medidas necesarias para que lo dispuesto en la resolución mencionada se lleve a cabo adecuadamente. 


NOTA PREVIA: 23 de septiembre de 2020

Se ha dispuesto que las personas mayores de 65 años no podrán ingresar a presentar de manera física escritos en las mesas de partes de los órganos jurisdiccionales.
 

Así lo ha establecido el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante la Resolución Administrativa N° 000258-2020-CE-PJ, expedida el 17 de septiembre del 2020, tras la consulta realizada por el Gerente General del Poder Judicial.
 

Con dicha consulta se buscaba determinar si la edad máxima de las personas que podrán sacar una cita en mesa de partes se mantiene en 60 años como lo estableció el Protocolo “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044- 2020PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”.
 

Por otro lado, mediante la resolución mencionada, también se dispuso que las Cortes Superiores de Justicia emitan un “reporte de las citas solicitadas por los usuarios judiciales”.
 

Además, los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y la Gerencia General del Poder Judicial deberán adoptar las medidas necesarias para que se cumpla lo dispuesto en esta resolución.


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