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Poder Judicial: trabajadoras gestantes solo realizarán trabajo remoto

Poder Judicial: trabajadoras gestantes solo realizarán trabajo remoto

Durante el Estado de Emergencia, las trabajadoras y magistradas gestantes o en periodo de lactancia materna del Poder Judicial estarán obligadas realizar trabajo remoto para el cumplimiento de sus actividades. La otra medida que tendrán a disposición será la licencia con goce de haber. Para mayor detalle acceda a la presente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 3 de noviembre 2020

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El Poder Judicial ha dispuesto que las trabajadoras gestantes y las madres en periodo de lactancia tendrán que adecuar sus labores mediante la modalidad remota con la finalidad de continuar sus actividades del Poder Judicial y evitar “poner en riesgo a su salud y/o el desarrollo normal del embrión y el feto”.

Así lo dispuso la Resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial N° 000304-2020-CE-PJ publicado hoy 3 de noviembre de 2020 en el diario oficial El Peruano. Cabe destacar que esta resolución alcanzará sus efectos tanto para las magistradas del Poder Judicial como las trabajadoras administrativas de dicha entidad.

Asimismo, la resolución del Poder Judicial indica que, en caso de no poder situar a una trabajadora a la modalidad remota por la naturaleza de sus funciones, este órgano deberá signarle labores compatibles con sus funciones a fin de situarla en un trabajo remoto. Ahora bien, en caso esta última situación no pueda llevarse a cabo el empleador público deberá otorgarle, a la trabajadora gestante o en periodo de lactancia, licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior.

¿A qué se debe esta medida?

La reciente medida interpuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial responde a la actual crisis sanitaria que atraviesa el país. Asimismo, este órgano pretende salvaguardar el derecho a la salud de las madres gestante y de sus respectivos hijos e hijas en periodo de gestación o lactantes por menos de un año desde el periodo del parto.

Cabe destacar que el Poder Ejecutivo ya había promulgado una medida similar regulada en la Ley N° 31051, emitida por el Congreso, la cual amplía las medidas de protección laboral para mujeres gestantes y madres lactantes en caso de emergencia nacional. Esta ley promulgada el 8 de octubre de 2020 establece las mismas obligaciones señaladas en la resolución del Poder Judicial. Sin embargo, con la adecuación realizada por el Poder Judicial se pretende fortalecer la protección laboral de la institución durante la pandemia.

TABIÉN LEE: Mujeres gestantes y lactantes solo podrán realizar trabajo remoto.

Usted puede revisar y/o descargar la Resolución completa AQUÍ.

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