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¿Sector público puede aplicar teletrabajo pese a la falta de cuotas mínimas según ley?

¿Sector público puede aplicar teletrabajo pese a la falta de cuotas mínimas según ley?

Autoridad del Servicio Civil precisó que pese a no existir una precisión en la cuota mínima de puestos a los que se aplicará el teletrabajo en las entidades del Sector Público, ello no es impedimento para que estas puedan aplicar la modalidad cuando lo necesiten.

Por Redacción Laley.pe

martes 16 de febrero 2021

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“Aun cuando todavía no se ha definido la cuota mínima de puestos en las entidades del sector público a los que se aplicará el teletrabajo, ello no constituye impedimento para que las entidades puedan aplicar la modalidad de teletrabajo cuando así lo requieran sus necesidades”, sostiene la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil.

Asimismo, en el Informe Técnico N° 000163-2021-SERVIR-GPGSC publicado en enero del 2021 tambien se precisa que, “como medida alternativa al teletrabajo y frente al contexto generado por la pandemia originada por la enfermedad del coronavirus (COVID-19) mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020, se reguló el trabajo remoto. Dicha modalidad se encuentra vigente hasta el 31 de julio de 2021”.

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Es así que SERVIR ha resuelto la consulta respecto de la cuota mínima de teletrabajo en el Sector Público a la que se hace referencia en la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo.

Cabe resaltar, que en el informe técnico de SERVIR, también se precisa lo ya establecido en el Informe N° 1341-2017-SERVIR/GPGSC, el cual indica, además de no impedir el teletrabajo en el sector público pese a la falta de cuotas mínimas, que “para la determinación de los puestos teletrabajables, las entidades deben utilizar el procedimiento descrito en el Reglamento de la Ley N° 30036, consistente en formar una Comisión de Teletrabajo que tendrá una serie de funciones conducentes a implementar el teletrabajo”.

Corresponde a la Comisión de Teletrabajo determinar las tecnologías a ser usadas para el teletrabajo teniendo en cuenta los recursos de la entidad y las necesidades del teletrabajador, añade el informe técnico de SERVIR.


Usted puede acceder al documento completo AQUÍ.

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