Domingo 28 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Tribunal permite trabajar como modelo webcam a mujer sentenciada

Tribunal permite trabajar como modelo webcam a mujer sentenciada

Tribunal colombiano permitió que mujer con arresto domiciliario por un delito de drogas trabaje como modelo webcam. La decisión tuvo como argumento que la actividad no está prohibida y no vulnera derechos.

Por Redacción Laley.pe

jueves 18 de febrero 2021

Loading

[Img #29077]

Una joven colombia con prisión domiciliaria por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefaciones solicitó que le otorguen un permiso de trabajo para poder ejercer como modelo webcam. 

Dicha solicitud fue rechazada, en un primer momento, porque no sería posible «garantizar el control y vigilancia, por parte del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario- Impec […]». Esto fue debido a que el lugar de trabajo sería de acceso restringido por la actividad de contenido sexual. Asimismo, la jueza de primer grado, consideró que no se cumplían con los requisitos mínimos para que se pueda desempeñar como trabajadora sexual. 

Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá constató que se cumplían con las condiciones de trabajo, como un horario de trabajo, un salario y un contrato comercial. Asimismo, el Tribunal señaló que no existe restricción sobre el tipo de trabajo que puedan realizar los detenidos, según el Código Penal y el Código Penitenciario.

En esa línea, la Sala Superior agregó que la solicitud de la joven era para desempeñarse como modelo webcam y no a la prostitución, por ende, no se estaría poniendo en una situación de vulneración a la solicitante. Además, la actividad que realiza no afectaría ningún derecho de la mujer solicitante, ni su dignidad. 

Por ello, el Tribunal falló que sí se le debería otorgar el permiso de trabajo porque sí se podría constatar sus desplazamientos para ir a trabajar mediante un dispositivo de vigilancia electrónica. Así, también se tuvo en cuenta que la joven necesitaba el trabajo para poder mantener a su menor hijo. 


LEA Y/O DESCARGUE LA SENTENCIA AQUÍ 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS