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Medidas extraordinarias en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del sector público

Medidas extraordinarias en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del sector público

Decreto establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del sector público. Revise el Decreto AQUÍ.

Por Redacción Laley.pe

lunes 10 de mayo 2021

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Mediante Decreto de Urgencia N° 044-2021 se establecieron medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera que regulen, por el presente año fiscal, la asignación y utilización eficientes de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, a través de la Planilla Única de Pago del Sector Público.

El Decreto publicado el 9 de mayo en El Peruano tambien establece la restitución de los aportes retirados antes de iniciar los procedimientos de libre desafiliación informada (LDI) o de acceso a beneficios con garantía estatal; los procedimientos para la acreditación del estado de invalidez o incapacidad para el trabajo; y, la autorización a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para realizar modificaciones presupuestarias.

Asimismo, se indica que la aplicación de esta normativa es para todas las entidades del Sector Público señaladas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1436, con excepción de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Banco Central de Reserva del Perú.

Este Decreto tambien prohíbe la fijación y los pagos de ingresos de personal y aportes a personas naturales, en moneda extranjera, salvo el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que cumple servicio en el extranjero.

Usted puede revisar el Decreto de Urgencia completo AQUÍ.

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