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4 hallazgos de la Contraloría sobre contrataciones directas en la emergencia sanitaria

4 hallazgos de la Contraloría sobre contrataciones directas en la emergencia sanitaria

La Contraloría General de la República emitió informes donde se evidencia la deficiencia en la gestión en los procesos de contrataciones directas realizadas por el Estado durante la emergencia sanitaria. En la siguiente nota, Gestión Pública & Control nos presenta 4 hallazgos importantes.

Por Gestión Pública & Control

viernes 4 de junio 2021

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Staff de Gestión Pública & Control

Armando San Román Alva

Alexandra Vivanco Valenzuela

Eduardo Vargas Guimet

 

 

La Contraloría General de la República, como ente rector del Sistema Nacional de Control, ha dado a conocer importantes hallazgos en diversos Informes que evidencian una deficiente gestión en los procesos de contrataciones directas realizadas por el Estado durante la emergencia sanitaria. En ese sentido, Gestión Pública & Control, presenta 4 hallazgos que deben ser tomados en cuenta a fin de adoptar medidas idóneas para garantizar que los recursos asignados a las distintas entidades de la Administración Pública durante la emergencia sanitaria, permitan atender adecuada y eficientemente a la población, en respeto al estado de derecho y la eficiencia en las contrataciones estatales.

Compra de ambulancias, ¿ineficiencia?

La Contraloría General de la República, a través del Informe de Orientación de Oficio N° 009-2021-OCI-5342-SOO, identificó una situación adversa referida a la distribución y uso de ambulancias adquiridas por el Gobierno Regional de La Libertad, específicamente para la atención hospitalaria de urgencias y emergencias. En dicho contexto, de las 16 ambulancias adquiridas por el Gobierno Regional, se identificó que 13 se encuentran sin uso en el Sistema de Atención Móvil de Urgencia (SAMU) por falta de personal.

Asimismo, es necesario mencionar que la Contratación Directa dispuesta para las ambulancias fue por un valor de S/ 6 600 000,00 y, adicionalmente, se consideró un presupuesto de S/ 2 938 191 para el financiamiento de recursos humanos en el primer trimestre del 2021, sin ser aún asignado. En tal contexto, la Contraloría evidenció que desde la adquisición de las ambulancias, hasta el 11 de marzo de 2021, han transcurrido 106 días sin que la totalidad de unidades se encuentren en uso y totalmente operativas, incumpliendo con la finalidad pública por la cual fueron adquiridas. Por tal motivo, de los hechos evidenciados, recomendó como acciones correctivas, realizar la programación presupuestal para la implementación del personal capacitado para el uso de las ambulancias, con el objetivo de garantizar la atención a la población de la región.

Compra de mascarillas ¿un proceso con sobrecostos?

A través del Informe de Orientación de Oficio N° 025-2020-OCI/5991-SOO, la Contraloría General de la República, a inicios de la pandemia, advirtió como situación adversa, que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos (Cenares) llevaba un proceso de adquisición (fase de compromiso) de mascarillas de tipo N95 con un posible sobrecosto de S/ 4.3 millones en la compra de 1.2 millones de mascarillas (con costo unitario de S/ 19,60).

Por otro lado, la Sugerencia de Control del Sector Salud de la Contraloría, procedió a solicitar a 3 empresas relacionadas al tipo de bien requerido, si estas habían sido invitadas a participar del proceso de contratación directa. De las respuestas recibidas, 2 de ellas no fueron invitadas y una de ellas, remitió una propuesta con un evidente menor costo del tipo de producto (costo unitario de S/ 16.18), lo cual habría representado S/3,42 menos por cada mascarilla.

La situación advertida por la Contraloría, ocasionaba un riesgo en el correcto uso y valor de los recursos públicos, así como el riesgo de concretar una compra sobrevalorada de las mascarillas a un costo unitario superior a lo advertido en el mercado; en ese sentido, la Contraloría emitió el presente Informe, con el objetivo que se maximice el valor de los recursos públicos y se emitan las acciones preventivas y correctivas para el proceso de compra.

¿Productos de la canasta básica familiar sin calidad?

Mediante Informe de Control Específico Nº 005-2021-2-0384-SCE, se habría advertido, entre otros, que, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19 y de las disposiciones Decreto de Urgencia Nº 033-2020, el requerimiento de adquisición de bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar por la COVID-19 realizada por la Municipalidad Distrital de San Pablo a través de la Contratación Directa Nº 001-2020-MDSP/OEC a favor de la población del distrito en situación de vulnerabilidad, no incorporó documentación que sustente la calidad e inocuidad de los alimentos.

Adicionalmente, durante la ejecución contractual se modificó la oferta ganadora respecto de un bien, siendo que no se habría acreditado que el nuevo producto fuera de igual o mejor calidad, pues no contaba con autorización sanitaria, y sin observarse el procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, además de que esta modificación fue aceptada por el área usuaria sin sustento aluno. En relación con esto, se habría perjudicado económicamente a la Entidad por el importe de 17 200,00 soles

Adicionalmente, se habría recepcionado y otorgado conformidad de un segundo producto que era de menor calidad a lo ofertado, el cual no contaba con registro sanitario, lo que favoreció a un proveedor y generó perjuicio económico a la entidad por 15 515,00 soles.

En relación con la calidad e inocuidad de los alimentos, el OCI precisó que conforme a la Norma Técnica Sanitaria Nº 071-MINSA/DIGESA-V-01 y los lineamientos para la adquisición, almacenamiento y distribución de alimentos para la atención de emergencia o desastres, los servidores y funcionarios de la Entidad estaban en la obligación de garantizar que los postores cumplan con entregar productos aptos para el consumo humano y con ello también protejan la vida y salud de los beneficiarios. Esta obligación estaba también reiterada en la Guía de Orientación- “Gestión y distribución de canastas familiares en el marco de la emergencia nacional por el brote del COVID-19”.

Finalmente, el OCI recomendó el inicio de acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades que correspondan de los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos irregulares. Cabe agregar que se habría identificado presunta responsabilidad civil, penal y administrativa de forma conjunta en cuatro personas involucradas, además de responsabilidad apenas penal o administrativa en dos personas, respectivamente.

¿Menos transparencia en las contrataciones directas?

El Informe de Orientación de Oficio Nº 002-2021-OCI/4518-SOO se emitió a raíz de un servicio de control simultáneo donde se habría advertido que la Entidad (Red de Salud San Román- Hospital Carlos Monge Medrano) no habría realizado el registro y publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) de la documentación correspondiente a contrataciones directas en el plazo establecido en la normativa, afectando esto los principios de transparencia y publicidad que rigen las contrataciones públicas.

Así, en el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Estado Peruano, la Entidad efectuó adquisiciones mediante contrataciones directas, respecto a las cuales, conforme al Decreto de Urgencia Nº 05-2020, las entidades tenían hasta 30 días hábiles siguientes a la entrega del bien para regularizar la documentación, el informe o informes que contienen el sustento técnico legal de la contratación directa, la resolución o acuerdo que la aprueba, así como el contrato y sus requisitos, que a la fecha de la contratación no hubiera sido elaborado, aprobado o suscrito, según corresponda, debiendo ser en dicho plazo registrados tales documentos en el SEACE.

Al respecto, el OCI observó que la Entidad no había registrado ni publicado la documentación respecto a tres contrataciones directas en el SEACE, ocurriendo una vulneración a la normativa aplicable a las contrataciones del Estado. Cabe señalar que conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2020-OSCE/CD, la información registrada en el SEACE se realiza en el marco de los principios de transparencia y publicidad que rigen las contrataciones públicas. El OCI recomendó al titular de la Entidad la adopción de acciones preventivas y correctivas que correspondan para asegurar el logro de los objetivos.


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