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Descanso semanal debe ser de un día completo de 24 horas

Descanso semanal debe ser de un día completo de 24 horas

Tribunal precisó que el día de descanso semanal debe coincidir con un día completo de 24 horas; asimismo, indicó que jornada de trabajo incluye el tiempo que el trabajador utiliza para desplazarse desde y hacia la garita, así como cambiarse de ropa en los vestuarios. Mayor detalle aquí.

Por Redacción Laley.pe

lunes 28 de junio 2021

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Mediante Resolución 004-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) confirmó la sanción impuesta a una empresa por no haber pagado el descanso semanal obligatorio y no cumplir el pago por horas extras.

Asimismo, el TFL advirtió que, según lo establecido en el artículo 20 del Decreto Supremo 008-2002-TR, se considera trabajo en sobretiempo a aquel que exceda de la jornada ordinaria vigente en el centro de trabajo, aun cuando se trate de una jornada reducida. Si bien el trabajo en sobretiempo debe contar con la autorización del empleador, a falta de ésta, se presume que la labor en sobretiempo se prestó con su anuencia.

Cabe precisar que con esta resolución de intendencia se declaró infundado el recurso de apelación interpuesto, confirmando que el procedimiento de infracción verificado por la jornada del régimen de 28×14.

Al respecto, de las normas sobre el descanso semanal, el tribunal precisó que el descanso semanal obligatorio debe corresponder a un día natural en el sentido lato del término, esto es, un día con duración no menor a 24 horas consecutivas.

Asimismo, también en el caso del tiempo que los trabajadores tomen para desplazarse desde y hacia la garita de ingreso, así como el que le toma para cambiase de ropa en los vestuarios.

Tribunal reafirmó que no es aceptable que el empleador pretenda que los trabajadores afectados ingresen al centro de trabajo minutos previos al horario regular a fin de que esperen el relevo, sin que interfiera con la jornada de trabajo, y de igual manera para la hora de salida, obligando de esta forma a que los trabajadores afectados se queden tiempo después de su hora de salida para que puedan esperar el relevo.

Revise la resolución AQUÍ.

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