Lunes 13 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

¡IMPORTANTE! Conductores de bicicletas y scooters no podrán desplazarse con celulares en la mano

¡IMPORTANTE! Conductores de bicicletas y scooters no podrán desplazarse con celulares en la mano

MTC modificó los reglamentos nacionales de Tránsito y de Vehículos, en el cual se establecen nuevas reglas sobre la circulación de bicicletas, scooter y otros vehículos de movilidad personal. Entérate más aquí.

Por Redacción Laley.pe

lunes 5 de julio 2021

Loading

[Img #30305]

Los conductores de bicicletas, scooter o cualquier otro vehículo de movilidad personal (VMP) no podrán utilizar dispositivos móviles mientras manejen. Asimismo, se añade que deberán de contar con un casco protector y una prenda retrorreflectante.

Mediante Decreto Supremo Nº 023-2021-MTC, se señala la necesidad de fijar nuevas obligaciones, infracciones y sanciones a los conductores de los VMP para asegurar que el uso de estos se efectúe de manera segura y con los principios de sostenibilidad ambiental.

Cambios relevantes

Se define el VMP como aquel vehículo equipado con un motor eléctrico que se desplaza a una velocidad mayor a 12 kilómetros por hora y una velocidad máxima de hasta 25 kilómetros por hora.

Asimismo, los conductores de estos vehículos deberán acatar las disposiciones reglamentarias que rigen el tránsito y asumir las responsabilidades, excepto en aquellos casos que por su naturaleza no les sean aplicables, salvo que reciba instrucciones distintas por parte de un policía de tránsito.

Cabe resaltar que la norma detalla que cuando estén conduciendo no deberán usar ningún dispositivo móvil u objeto portátil con las manos.

Lea también: Multas a ciclistas son suspendidas hasta el 2 de setiembre

De igual modo, en las vías urbanas precisa que el vehículo deberá circular por las ciclovías o por calles, jirones y vías en las cuales los vehículos automotores no excedan los 40 kilómetros por hora, según los límites de velocidad establecidos en el reglamento. Así como es necesario que el desplazamiento sea por el lado derecho del carril más cercano de la acera

Así, este tipo de vehículos por su diseño y características, solo se permitirá su desplazamiento con una persona y no estarán permitidos en las vías no urbanas.

Por último, para circular por la vía pública los conductores de VMP contarán con un casco protector y una prenda retrorreflectante si el desplazamiento es “entre la puesta y la salida del sol”.

Lea y/o descargue la norma AQUÍ:

 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS