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¿Cuáles son las causales de divorcio en la jurisprudencia de la Corte Suprema?

¿Cuáles son las causales de divorcio en la jurisprudencia de la Corte Suprema?

Gaceta de Familia presenta inéditos ensayos en los que se comenta las más importantes causales en materia de divorcio, tales como la imposibilidad de hacer vida en común, el adulterio, la injuria grave, la homosexualidad sobrevenida, la violencia física y psicológica, entre otros. Más detalle aquí.

Por Redacción Laley.pe

lunes 18 de octubre 2021

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¿Cuál es la tendencia jurisprudencial en materia de divorcio en nuestro país? En este especial se responde a esta interrogante, a través de inéditos ensayos en los que se comenta las más importantes causales, tales como la imposibilidad de hacer vida en común, el adulterio, la injuria grave, la homosexualidad sobrevenida, la violencia física y psicológica, entre otros.

Participan en este especial: Marco Antonio Celis Vásquez, Elizabeth Amado Ramírez, Claudia Canales Torres, Edgardo Quispe Villanueva y Manuel Bermúdez Tapia.

Manifestación de voluntad de las personas con discapacidad

A partir de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el reconocimiento de su capacidad jurídica, se ha replanteado la teoría de la autonomía de la voluntad.

Igualmente, el Decreto Legislativo N° 1384, que reconoce y regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, introdujo varios cambios en materia de capacidad en nuestra legislación civil.

Sobre el particular, los profesores Enrique Varsi y Romina Santillán analizan el artículo 141 del Código Civil peruano, a fin de ofrecer unas pautas generales que permitan conocer adecuadamente, y reconstruir, en algunos casos, la voluntad de las personas con discapacidad, dependiendo de cada situación.

La protección de la unión de hecho impropia

En aplicación del artículo 326 del Código Civil, los integrantes de una unión de hecho impropia, en la que uno o ambos tienen impedimento matrimonial por estar casados, no tienen la posibilidad de reclamar los derechos que sí se reconocen al matrimonio y a la unión de hecho propia.

Sobre el particular, la profesora Sandra Manrique Urteaga, cuestiona que se otorgue derechos al cónyuge con el que ya no se conforma una familia, protegiéndose un vínculo que solo existe en un papel, y se niegue dicha tutela a quien en la realidad sí es parte de ella, el cónyuge impropio.

Por ello, propone una flexibilización de las normas que constituyen una barrera para el acceso a reclamar derechos, tales como pensión de viudez, herencia y liquidación de la comunidad de bienes.

La debida diligencia en la atención de los derechos del niño y adolescente como principio de efecto útil

La pandemia generada por la COVID-19 ha acentuado las graves deficiencias del Estado en la prestación del servicio de justicia, lo cual ha perjudicado de forma evidente a los niños y adolescentes, ampliando su margen de vulnerabilidad.

Por ello, pese a que recientemente se han modificado los procedimientos judiciales adaptándolos a una modalidad virtual, los reconocidos especialistas Manuel Bermúdez Tapia y Tania Carolina Bocanegra Risco consideran que esto requiere ser redefinido porque la virtualidad y la aplicación del interés superior del niño no resultan suficientes.

En ese sentido, analizan el principio de debida diligencia, el cual permite validar la complementación de elementos sustantivos y procesales en la evaluación del conflicto familiar, superando los parámetros formales que en esencia invisibilizan los menores de edad.

Para revisar el sumario del tomo número 2 de Gaceta de Familia, de clic aquí.

 

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