![[Img #31611]](https://laley.pe/upload/images/11_2021/459_copia-de-disenos-de-la-ley-notas-2021-11-24t144908174.png)
Pasión Neomias Davila Atanacio, congresista de Perú Libre, presentó proyecto de ley que busca modificar los artículos 146, 156 y 180 de la Constitución Política para establecer la exclusividad en la función de los magistrados del Poder Judicial, Ministerio Público, miembros de la Junta Nacional de Justicia y miembros del Jurado Nacional de Elecciones.
Así, en el caso del artículo 146 que regula la función jurisdiccional, agregan que esta será incompatible con cualquier otra actividad pública o privada, sin excepción alguna. Asimismo, en los casos del artículo 156 y 180 para los casos de miembros de la Junta Nacional de Justicia e integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, respectivamente.
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¿Cuáles son los argumentos?
El proyecto señala que una de las razones es que los jueces se ven obligados y subordinados a ascender en condecoraciones profesionales y a ejercer docencia universitaria porque el mismo sistema público propicia y expone a los jueces a dichas circunstancia, pues con ello se determina su permanencia y ascenso a obtener logros académicos.
Con ello, agregan que el ejercicio de la catedra debilita la independencia, imparcialidad, autonomía con la que deben desarrollar sus funciones y los distrae de su función principal que es impartir justicia.
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Asimismo, precisan que es necesario implementar de inmediato la reforma para eliminar la posibilidad de exponer a los magistrados a redes de influencia que operan en los ámbitos académicos y políticos, así también descartar la posibilidad de no tener suficiente tiempo y dedicación en el desempeño de sus funciones principales.
Por lo tanto, determinaron que la única manera de evitar que los jueces incurran en conflictos de intereses y salvaguardar la admiración de justicia es que los magistrados y jueces de dediquen al trabajo de manera exclusiva.
Lea el proyecto de ley AQUÍ.