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Corte Suprema: Existe mayor peligrosidad en la conducta si el agente delictivo es estudiante de Derecho

Corte Suprema: Existe mayor peligrosidad en la conducta si el agente delictivo es estudiante de Derecho

Corte Suprema señaló que estudiantes de Derecho disponen de mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en actividades ilícitas, por lo que la peligrosidad recaída en su conducta es mayor. Entérese más aquí. [Recurso de Nulidad 994-2021, Lima]

Por Redacción Laley.pe

jueves 30 de diciembre 2021

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El hecho de que el agente delictivo sea estudiante de Derecho no es un factor que amerite la reducción de la pena; de manera contraria, ello evidencia mayor peligrosidad en su conducta, debido a que posee mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas.

Así fue establecido por la Corte Suprema en el Recurso de Nulidad 994-2021, Lima.

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¿Cuál fue el caso?

Se interpuso recurso de nulidad contra la sentencia de vista que condenó al imputado a 8 años y 6 meses de pena privativa de la libertad efectiva por la comisión del delito de robo agravado en tentativa, en agravio de una menor de edad.  

Entre los argumentos esgrimidos por la defensa, la cual solicitaba la nulidad de la sentencia impugnada en el extremo de la pena impuesta, se alegaban antecedentes positivos y condiciones personales del agente, como el hecho de que, al momento de los acontecimientos, se encontraba cursando la carrera profesional de Derecho y Ciencias Políticas.

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¿Cómo resolvió la Corte Suprema?

La Corte Suprema señaló, sobre las circunstancias personales alegadas por la defensa del imputado, que, de manera contrario a lo sostenido, el hecho de que el agente delictivo se encuentre cursando la carrera de Derecho otorga y evidencia mayor peligrosidad en su conducta, en tanto, por su condición universitaria y académica, tiene mayores conocimientos sobre las normas penales y las prohibiciones que estas prescriben.

Así, resolvió no haber nulidad en la sentencia impugnada y confirmarla, reformándola solo en el extremo del inicio del cómputo del plazo de la pena, en relación con su vencimiento.

Lea y/o descargue la resolución AQUÍ.

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