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¡OFICIAL!  Gobierno declara estado de emergencia por cuestiones de seguridad a Lima y Callao

¡OFICIAL! Gobierno declara estado de emergencia por cuestiones de seguridad a Lima y Callao

Poder Ejecutivo declara a Lima Metropolitana y a la Provincia Constitucional del Callao en Estado de Emergencia por cuestiones de seguridad ciudadana, debido a los altos índices de criminalidad. Entérate los detalles en la presente nota. [Decreto Supremo Nº 012-2022-PCM]

Por Redacción Laley.pe

jueves 3 de febrero 2022

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Gobierno declara en Estado de Emergencia a las zonas de Lima Metropolitana y Callao, en atención a la alta tasa de inseguridad ciudadana, debido a la actividad de organizaciones criminales dedicadas al delito del tráfico de drogas, y al aumento general de los índices de criminalidad.

El Decreto Supremo Nº 012-2022-PCM, el cual oficializa la declaratoria de emergencia, es decretado por el Presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Héctor Valer; el ministro de defensa, José Gavidia; el ministro del interior, Alfonso Chávarry, y el ministro de justicia y derechos humanos, Aníbal Torres.

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¿Cuántos días durará el Estado de Emergencia?

El artículo 1 del Decreto Supremo Nº 012-2022-PCM establece que el Estado de Emergencia en las zonas de Lima y Callao será por el término de 45 días calendario.

¿Qué derechos constitucionales quedan suspendidos?

Durante el período del Estado de Emergencia, y en las zonas señaladas, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

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Intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas

Asimismo, el orden interno será mantenido por la Policía Nacional del Perú (PNP), con apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).

La intervención de las mencionadas entidades se llevará a cabo de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE.

Lea y/o descargue el Decreto Supremo Nº 012-2022-PCM aquí.

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