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Fraude registral: Sunarp aprueba consolidación y sistematización de normas

Fraude registral: Sunarp aprueba consolidación y sistematización de normas

Sunarp aprobó la directiva que consolida y sistematiza las medidas administrativas contra el fraude procesal. Amplíe en la siguiente nota. [Directiva DI-01-2022-SDNR-DTR]

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de febrero 2022

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp consolidó y sistematizó en un solo cuerpo normativo las medidas administrativas que emitió para prevenir el fraude registral en los trámites que se efectúan ante la institución.

Con la emisión de la, la institución cumplió con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Nº31309, Ley para la modernización y el fortalecimiento de los servicios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

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El alcance de la directiva

La Directiva DI-01-2022-SDNR-DTR, que consolida y sistematiza las medidas administrativas de la Sunarp contra el fraude registral, será de alcance nacional para todos los órganos desconcentrados de la entidad.

El objeto de la directiva

La directiva identifica y consolida las reglas especiales de los servicios y procedimientos administrativos registrales habilitados y regulados por la Sunarp, destinados a prevenir la presentación de títulos al registro con documentación falsificada o en la que medió una suplantación de identidad; o, en caso de que estos hayan sido inscritos, a contrarrestar sus efectos en sede registral.

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¿Cuáles serían las medidas?

Constituyen medidas contra el fraude la alerta registral, la inmovilización de partidas, el bloqueo por presunta falsificación de documentos, la anotación por presunta falsificación de instrumentos extraprotocolares y de constancia de acreditación de quórum y la aplicación de los efectos de la anotación preventiva prevista en la quinta y sexta disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo del notariado.

¿Qué sistemas se usarán?

 

En estas acciones se emplearán, para la presentación de títulos al registro, el Sistema de Intermediación Digital-SID-Sunarp, el sistema de verificación biométrica por huella dactilar en caja-diario y el módulo del Sistema Notario en la Plataforma de Servicios Institucionales (PSI).

Lea y/o descargue la directiva AQUÍ.

DIRECTIVA DI-01-2022-SDNR-DTR_LALEY by Redaccion La Ley – Perú on Scribd

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