Errónea construcción de la posición de garante de los altos mandos de la empresa en las acusaciones por delitos ambientales
R. Luis Castillo Berrocal: “En los delitos ambientales la posición de garante no se presupone por la existencia de la posición formal, pues caería en la proscripción de responsabilidad objetiva que impide condenar a una persona, sino que la posición de garante debe ser construida y probada en la acusación”.