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Inmovilización social obligatoria: Lea aquí el habeas corpus que presentó el defensor del pueblo contra la medida

Inmovilización social obligatoria: Lea aquí el habeas corpus que presentó el defensor del pueblo contra la medida

Defensoría del Pueblo presentó demanda en contra de la inmovilización social obligatoria por ser inconstitucional. La medida podría causar severos impactos en los trabajadores del país. Lea la demanda en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 5 de abril 2022

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El Gobierno decretó la inmovilización social obligatoria desde las 02:00 hasta las 23:59 horas del martes 05 de abril.

La Defensoría del Pueblo calificó esta decisión como inconstitucional, por lo cual interpuso una demanda en contra de la medida.

A través de un pronunciamiento, la Defensoría del Pueblo se manifestó en cumplimiento de su mandato constitucional de protección de derechos fundamentales y supervisión de la buena marcha de la administración pública.

«La medida adoptada por el Poder Ejecutivo es inconstitucional por la ausencia de una debida motivación y por ser absolutamente desproporcionada en relación con los hechos de protesta social registrado en Lima y Callao», señaló Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo.

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Sobre la medida

La Defensoría del Pueblo recordó que el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha señalado que los estados de emergencia y las medidas que se imponen a su amparo deben responder de forma inexcusable a los criterios de proporcionalidad y necesidad.

«Estas exigencias no se cumplen en el presente caso, pues no se ha expresado, razón alguna que justifique una inmovilización social tan estricta ni se ha señalado de qué forma la misma contribuirá a preservar el orden social», indicó la Defensoría.

Dado el carácter intempestivo de la medida, señaló la Defensoría, sus consecuencias serán aún más dañinas y generarán alarma en la población en unas circunstancias en las que se necesita calma y serenidad para resolver el conflicto generado a raíz de las demandas de los transportistas y los agricultores.

Sobre el derecho al trabajo

Se lamentó que la orden de inamovilidad no toma en cuenta los «severos impactos» que causarán a los trabajadores del país.

«La mayoría de los cuales laboran en condiciones de informalidad, razón por la que su derecho al trabajo se verá afectado lo mismo que otros derechos como a la alimentación, salud, educación», expresó también la Defensoría.

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¿Qué se demanda?

La Defensoría del Pueblo recordó que los estados de emergencia no son mecanismos que se usen para gestionar conflictos sociales, «para eso están los procesos de diálogo que el propio gobierno ha propiciado y cuyo compromiso de reunirse con los gremios en conflicto está aún pendiente».

Por estas consideraciones, la Defensoría del Pueblo sostiene enfáticamente que el Poder Ejecutivo debe dejar sin efecto la medida de forma inmediata.

«Cabe señalar que ni el Estado de Emergencia ni la orden de inamovilidad pueden limitar las funciones constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo. Nuestra institución continuará prestando sus servicios a la ciudadanía», manifestó su representante.

Lea la demanda presentada AQUÍ.

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