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Gobierno podrá contratar CAS para entrega de nuevo bono

Gobierno podrá contratar CAS para entrega de nuevo bono

Publican decreto de urgencia que autoriza el otorgamiento excepcional de un subsidio monetario a favor de personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad. Asimismo, se establece que se podrá contratar excepcionalmente a personal CAS para ejecutar esta tarea.

Por Redacción Laley.pe

martes 24 de agosto 2021

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Se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto de Urgencia 080-2121 que tiene por objeto aprobar el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario individual de S/ 350. 00, con la finalidad de apoyar económicamente a las familias más afectadas a consecuencia de la pandemia.

¿Quiénes serán los beneficiados?

El bono será a favor de personas mayores de edad que forman parte de los siguientes grupos:

a. Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

b. Hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, y/o hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y/o hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

c. Hogares no comprendidos en los literales a y b precedentes, cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa.

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¿Hasta cuándo se puede cobrar este bono?

El cobro podrá hacerse efectivo hasta el 30 de abril de 2022.

Culminado este plazo, las entidades bancarias que recibieron el dinero para hacer el pago, deberán devolverlo al tesoro público.

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Contratación de personal CAS 

El Gobierno contratará excepcionalmente bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a personal que ayude en la entrega de este nuevo bono.

La contratación de personal, de naturaleza estrictamente temporal, solo puede realizarse en un plazo máximo de hasta noventa (90) días calendario desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.

Asimismo, en los casos que se generen renuncias del personal CAS, se podrá volver a convocar la contratación hasta sesenta (60) días calendario antes de la finalización de la vigencia del presente Decreto de Urgencia.

Lea la norma completa aquí.

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