![[Img #33910]](https://laley.pe/upload/images/06_2022/680_disenos-de-la-ley-2022-06-30t130639353.png)
El Poder Judicial estableció que, de 1 al 31 de julio de 2022, las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar se efectivizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo.
¿Cuáles son las medidas para los jueces?
Las labores de jueces y juezas se desarrollarán conforme a lo siguiente:
Los jueces y juezas realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para el registro de asistencia.
Los jueces y juezas con factores de riesgo, considerados vulnerables, realizarán trabajo presencial, mixto o remoto, según la respectiva normativa. La |vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico actualizado, el cual debe ser evaluado por el médico ocupacional o quien haga sus veces en la respectiva Corte Superior.
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El trabajo remoto se realizará conforme a lo establecido en la versión No 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial», aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
Los jueces y juezas atenderán presencialmente o a través de la herramienta informática «El Juez te escucha, programa tu cita», a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias en el primer caso.
¿Cuáles son las medidas para el personal jurisdiccional y administrativo?
Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se efectivizarán en forma presencial en la jornada laboral de ocho horas diarias, y una hora de refrigerio que no se computará como parte de la jornada laboral; modificándose en este extremo el protocolo mencionado en el artículo precedente, conforme a lo siguiente:
El horario de trabajo presencial de ocho horas se establecerá por la Presidencia del Poder Judicial y los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, de acuerdo a la realidad y ubicación geográfica; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
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El personal jurisdiccional y administrativo con factores de riesgo, considerados vulnerables, realizarán trabajo presencial, mixto o remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico actualizado, el cual debe ser evaluado por el médico ocupacional o quien haga sus veces en la respectiva Corte Superior. El trabajo remoto se realizará conforme a lo establecido en la versión No 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial», aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE PJ.
El personal jurisdiccional y administrativo atenderán presencialmente a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias.
Excepcionalmente, la Presidencia del Poder Judicial y los/as Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, en coordinación con el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la respectiva Corte Superior, a fin de preservar el aforo correspondiente, pueden establecer una jornada de trabajo mixta en dos turnos, mañana y tarde, en jornadas de cinco horas presenciales complementadas con tres horas de trabajo remoto.
Resolución Administrativa N° 000229-2022-P-CSJLI-PJ