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[VÍDEO] ¿Los fiscales también son magistrados? Esta fue la respuesta de José Palomino Manchego ante el TC

[VÍDEO] ¿Los fiscales también son magistrados? Esta fue la respuesta de José Palomino Manchego ante el TC

En plena audiencia ante el Tribunal Constitucional, el Dr. José Palomino Manchego formuló una interesante explicación sobre la condición de magistrados de los fiscales. Entérate los detalles aquí:

Por Redacción Laley.pe

jueves 21 de julio 2022

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En plena audiencia ante el Tribunal Constitucional (TC) y frente a la pregunta de uno de los magistrados, el constitucionalista José Palomino Manchego aseguró que los fiscales revisten condición de magistrados. Esta declaración permite evocar el interesante debate académico sobre la condición de magistrado atribuida a los fiscales. 

En principio, es necesario recordar que el artículo 2 de la Ley 26335 (Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura), no distingue entre jueces y fiscales, es decir, considera a ambos magistrados.

Artículo 2. La Academia de la Magistratura tiene por objeto:

a) La formación académica de los aspirantes a cargos de magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público.

b) La capacitación académica para los ascensos de los magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público.

c) La actualización y perfeccionamiento de los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público. Si efectuamos una interpretación literal, prima facie podemos advertir, que la norma traída a colación comprende indistintamente el término magistrados, tanto para jueces como para fiscales en general.

 

Sin embargo, la Real Academia de la Lengua, indica que el magistrado es el miembro de la carrera judicial con categoría superior a la del juez.[1]. Así, bajo esta óptica, los fiscales no podrían ser denominados magistrados.

El diálogo entre el Dr. Palomino Manchego y el magistrado Helder Domínguez Haro del TC, se produjo en los siguientes términos:

Magistrado del TC: En qué jurisprudencia se ha afirmado que existe un derecho al fiscal natural ¿El fiscal para usted es un magistrado, cumple similares funciones? (…) 

José Palomino Manchego:  (…) Magistrado es magistrado, sobre la base de que es el fiscal quien lleva el cargo de la prueba (…). Entiendo y así lo ha dicho Etrambler, Hurtado Pozo, que en estos casos un fiscal también es un magistrado, porque ambos (juez y fiscal) son los encargados de llevar a término la imparticion de la justicia sobre la base del artículo 139, inciso 1: Principios y derechos de la funcion judicial. 

El fiscal evidentemente no tiene criterio de consciencia, el que tiene criteiro de consciencia es el juez. El fiscal gira sobre la base de la autonomía, mientras que el juez sobre la base de la independencia judicial.

 

Otras perspectivas 

Al respecto, existen diversas posturas. El abogado Javier Aguirre señala que los fiscales, en sentido estricto, tienen la función de investigar y accionar penalmente, pero no el imperium de juzgar y sentenciar, como sí les corresponde a los magistrados. En consecuencia, solo es magistrado quien tiene el “oficio de juez”.[2]

En ese mismo sentido, Edhin Campos indica que los jueces son los únicos a quienes se les podría denominar magistrados.[3]

En opinión del abogado Sidney Alex Bravo Melgar, la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura debió consignar «magistrados del Poder Judicial y representantes del Ministerio Público”. La razón es simple, los Jueces si realizan funciones propias de un magistrado, que son la de juzgar y sentenciar, al hacerlo ponen fin a la presunción de inocencia (…), en cambio los fiscales, son representantes del Ministerio Público, que tienen la naturaleza de funcionarios públicos, son los titulares de la acción penal, se encargan de realizar actos administrativos que coadyuvan con la actividad jurisdiccional que es propia de los jueces, dichos actos se concretan mediante la investigación de los hechos imputables y la respectiva acusación al encausado, sin perjuicio de las demás facultades que tienen conforme a ley.[4]

¿A quiénes corresponde la denominación de magistrado en el Perú? 

Diferencias entre juez, magistrado y magistrado del Tribunal Supremo

En España, se distingue entre juez, magistrado y magistrado del Tribunal Supremo (TS). En síntensis, para convertirse en juez, el postulante debe superar un periodo en la Escuela Judicial, ubicada en Barcelona. 

De juez a magistrado. 

Los jueces podrán convertirse en magistrados tras haber prestado 3 años de servicios efectivos como jueces 

De magistrado a magistrado del TS. 

Luego de años de experiencia, el magistrado podría aspirar a convertirse en magistrado del TS, para ello tendría que ser escogido por el Consejo General del Poder Judicial, un órgano de gobierno de los jueces, tras un concurso de méritos al que sólo se presentan magistrados con quince o más años de antigüedad.


[1]  Real Académia de la Lengua Española, «magistrado, da», Asociación de Academias de la Lengua Española. Consultado el 22 de julio de 2022, https://dle.rae.es/magistrado?m=form

Carlos Caro Coria, La responsabilidad de las personas jurídicas en el Perú y los criminal compliance programs como atenuantes y eximentes de la responsabilidad de la persona jurídica. (Madrid: Tirant lo Blanch, 2019).

[2] Edhin Campos Barranzuela, ¿Los fiscales son magistrados?. (Lima: Diario oficial El Peruano, 2018), https://elperuano.pe/noticia/67407-los-fiscales-son-magistrados

[3] Ibidem 

[4] Sidney Alex Bravo Melgar , ¿A quiénes corresponde la denominación de magistrado en el Perú?. (Brasil: Revista de Direito Brasileira, 2021), https://es.readkong.com/page/a-qui-nes-corresponde-la-denominaci-n-de-magistrado-en-el-6282053

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