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Anulan concurso para asistente fiscal por no comunicarle a candidato sobre cambio de horario de evaluación

Anulan concurso para asistente fiscal por no comunicarle a candidato sobre cambio de horario de evaluación

El Tribunal del Servicio Civil declaró la nulidad de un concurso público realizado por el Ministerio Público en el Distrito Fiscal de Tacna para cubrir la Plaza de Asistente en Función Fiscal, debido a que, por un cambio incomunicado de horario, se vulneró el principio de igualdad de oportunidades del recurrente. Entérese aquí los detalles. [Resolución Nº 001255-2022-SERVIR/TSC-Segunda Sala]

Por Redacción Laley.pe

martes 2 de agosto 2022

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El Ministerio Público del distrito fiscal de Tacna realizó un concurso público para cubrir la plaza de asistente en función fiscal en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Alto de la Alianza, cargo al cual postuló el recurrente.

El Tribunal del Servicio Civil declaró la nulidad del referido concurso, luego de haber incurrido en la vulneración del principio de igualdad de oportunidades del impugnante, por un cambio incomunicado de horario. 

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¿Cuál fue el caso?

De acuerdo al cronograma, el 2 de julio de 2021 se realizó la evaluación virtual, debiendo iniciar a las 15:00 horas con el ingreso de los postulantes al aula virtual. Tres días después, se publicaron los resultados, descalificando y excluyendo del concurso, al impugnante al no haberse presentado a dicha evaluación.

Ante ello, el impugnante interpuso recurso de reconsideración contra los resultados, argumentando que ingresó al Aula Virtual a la hora programada, pero que se dispuso el cambio de horario sin comunicarle ello. Dicho recurso fue declarado infundado, en tanto el encargado del aula virtual afirmó haber comunicado oportunamente a todos los postulantes sobre la ampliación. 

El 20 de julio de 2021, se publicaron los resultados finales del concurso público que dieron  como ganador de la plaza al señor de iniciales H.M.R.M. Tras conocer los resultados, el recurrente presentó un recurso de apelación.

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¿Cómo resolvió el Tribunal del Servicio Civil? 

El Tribunal advirtió que que el horario para rendir la evaluación virtual fue modificado debido a inconvenientes técnicos para el acceso. No obstante, el impugnante no habría recibido comunicación sobre dicha modificación

Asimismo, corrobora que, en efecto, el impugnante mantuvo comunicación con la entidad durante el periodo en el cual estuvo programado el ingreso e identificación de los postulantes al aula virtual, más no se aprecia que se le haya avisado concretamente sobre el cambio de horario, tal como sí se realizó con otros postulantes. 

La Sala precisó que, indistintamente del régimen laboral al que se vincule un servidor público, se debe realizar necesariamente un concurso público de méritos bajo el principio de igualdad de oportunidades. 

En el presente caso, se observó que se vulneró el principio de igualdad de oportunidades para el acceso al servicio civil, cuya inobservancia produjo la nulidad del concurso público, conforme lo previsto en el artículo 9 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público. Asimismo, se configuró la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10 del TUO de la Ley 274447.

Descargue la Resolución 001255-2022-SERVIR/TSC-Segunda Sala

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