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Indecopi: »La Lucha» es sancionada por difundir publicidad «machista» y «discriminatoria» hacia las mujeres

Indecopi: »La Lucha» es sancionada por difundir publicidad «machista» y «discriminatoria» hacia las mujeres

El Indecopi confirmó la sanción impuesta a Lucha Partners S.A.C. por haber difundido un anuncio publicitario cuyo mensaje daba a entender que una mujer debe informar a su esposo dónde se encuentra, «lo cual implica una relación subordinada con relación al varón». Entérese los detalles en la presente nota. [Resolución 0105-2022/SDC-INDECOPI]

Por Redacción Laley.pe

martes 16 de agosto 2022

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La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi confirmó la Resolución 229-2021/CCD-INDECOPI, del 17 de noviembre de 2021, emitida por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, la cual sancionaba a Lucha Partners S.A.C., por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de infracción al principio de adecuación social. 

El fundamento de la Sala Especializada se sustenta en que Lucha Partners S.A.C. difundió un anuncio publicitario cuyo mensaje daba a entender que una mujer debe informar a su esposo »dónde se encuentra».

Ese mensaje da luces de la existencia de una relación subordinada con relación al varón, reforzando en el público consumidor la realización de conductas discriminatorias hacia las mujeres, lo cual atenta contra el principio de adecuación social.

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«Lleva un sánguche para tu esposo, ‘pa’ que sepa y no se ponga celoso»

El 14 de marzo de 2021, Nouvelle Défense denunció a Lucha Partners S.A.C por la presunta infracción al principio de adecuación social, debido a que la empresa venía difundiendo un anuncio publicitario con el mensaje observable a continuación:  

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Así, la denunciante aseguraba que la denunciada difundía una anuncio publicitario que inducía a los consumidores a cometer actos ilegales y ofensivos contra las mujeres, reforzando la idea sexista de que estas se encuentran en una posición de subordinación frente al varón. 

Lucha Partners S.A.C. presentó sus descargos, mencionando, entre ellos, que el anuncio publicitario había sido retirado el 13 de marzo de 2021, por lo que »resultaba de aplicación el eximente de responsabilidad administrativa por subsanación voluntaria de la conducta imputada».

La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi: (i) declaró fundada la denuncia contra Lucha Partners S.A.C. por infringir el principio de adecuación social; (ii) la sancionó con una amonestación; (iii) le ordenó el cumplimiento de una medida correctiva; y, (iv) el pago de las costas y costos del procedimiento.

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Decisión de la Sala Especializada 

El 7 de diciembre de 2022, Lucha Partners S.A.C. interpuso un recurso de apelación contra la  Resolución 229-2021/CCD-INDECOPI. A su vez, Nouvelle Défense presentó un escrito mediante el cual reiteró sus argumentos. 

(i) Sobre el extremo de la incursión en la infracción contra el principio de adecuación social, la Sala determinó que la frase “lleva un sánguche para tu esposo p’ que sepa dónde estabas y no se ponga celoso”, transmite la idea de que las mujeres deben justificar a su pareja en dónde se encuentran, a fin de no generarle celos.

Dicho mensaje, a criterio de la Sala, es capaz de reforzar, en la mente de los destinatarios de la publicidad, estereotipos de género relativos a una subordinación de las mujeres frente a sus parejas varones, lo cual puede propiciar y generar la realización de actos de discriminación.

Así, la Sala confirmó la Resolución 229-2021/CCDINDECOPI, del 17 de noviembre de 2021, que declaró fundada la denuncia contra Lucha Partners S.A.C. por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de infracción al principio de adecuación social, supuesto previsto en el literal a) del artículo 18 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.

(ii) Sobre los extremos referidos a la sanción de amonestación, a la imposición de una medida correctiva, y a la asunción del pago de las costas y costos incurridos por Nouvelle Défense; la Sala los confirmó en su totalidad.

Resolución 0105-2022/SDC-INDECOPI

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