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[VIDEO] Abogado de Pedro Castillo pide ante TC que fiscal elimine publicaciones de Facebook contra su cliente: «Lo llamó ‘maistro’ burlándose, lo llamó terrorista»

[VIDEO] Abogado de Pedro Castillo pide ante TC que fiscal elimine publicaciones de Facebook contra su cliente: «Lo llamó ‘maistro’ burlándose, lo llamó terrorista»

Por Redacción Laley.pe

jueves 27 de octubre 2022

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En plena audiencia ante el Tribunal Constitucional (TC), el abogado Eduardo Pachas, en representación del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, informó ante los jueces constitucionales que la fiscal Norah Cordova, a cargo de una investigación contra su cliente en el caso Petroperú, tildó de terrorista y se burló de su cliente al llamarlo «Maistro» en sus redes sociales (Facebook). Esto en alusión a sus formas no muy acertadas de articular el español. 

En esa línea, criticó aquellas expresiones vertidas en el Facebook personal de la fiscal y aclaró que su cliente nunca había sido proceso por el delito de terrorismo, en concreto, dijo que la fiscal vulneró la dignidad de su patrocinado y por ende, las publicaciones tendrían que ser eliminadas de sus redes sociales. Estas fueron las publicaciones cuestionadas: 

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Durante la audiencia, también mencionó que la ejecución del allanamiento en Palacio de Gobierno que se desarrollado a finales de 2021, fue ilegal, ya que durante el desarrollo de esta diligencia, la fiscal no le otorgó al presidente Pedro Castillo la calidad de investigado, testigo o perito.

Se produjo el recorte al derecho a la defensa porque mi patrocinado desde el 20 de diciembre de 2021 nunca tuvo calidad ni de testigo, imputado o perito, sin embargo, fueron a allanarlo. Ese fue el artificio jurídico que utilizó el Ministerio Público. Es decir, no eres nada, no tienes derecho a la defensa, pero entro y allano tu domicilio, tu oficina, a tus edecanes, a tus secretarias, les quito los teléfonos, les quito las computadoras, les hago interrogatorios sin que tengan derecho a nada. Eso es un recorte constitucional al derecho a la defensa, con el pretexto de que si no lo hacen es obstrucción a la justicia. 

Finalmente, solicitó que el TC informe a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) sobre la imparcialidad de la fiscal para que evalúen una eventual sanción disciplinaria. La JNJ es la entidad encargada de sancionar disciplinariamente a jueces y fiscales. Las sanciones más graves son castigadas con la destitución del puesto. 

Así, al defender al presidente Pedro Castillo ante los jueces constitucionales, el abogado dijo que las expresiones de la fiscal pusieron en entredicho su imparcialidad durante las medidas ejecutadas por el Ministerio Público, entre ellas, el allanamiento. Este caso fue debatido en atención al Expediente 01422-2022-HC, un proceso impulsado mediante un hábeas corpus que fue rechazado en primera y segunda instancia. Aquí los argumentos de defensa del abogado: 

La fiscal tildó de «maistro» con «i» latina para burlarse del presidente de la República (…) pedimos que la fiscal Norha Córdova borre de su Facebook las expresiones degradantes llamándolo terrorista. Nunca esta señora conoció en persona al señor Pedro Castillo y nunca mi patrocinado ha sido procesado por el delito de terrorismo. Agrego más: ella dice ser una anticomunista marcada y quien no quiera ver mi página web simplemente salga de ella. Esto lo ha señalado después del allanamiento y se ha ratificado. 

Aquí se ha vulnerado la dignidad del presidente, pues antes del 20 de diciembre de 2021 (día del allanamiento), ya lo consideraba terrorista sin que el presidente tenga ningún antecedente ni proceso como terrorista, a su vez señalaba que hay que hacer marchas ante cuestiones favorables a la señora Keiko Fujimori (…) Ella se ratifica en todos los argumentos de su Facebook en una entrevista en La República. 

¿Cómo se resolvió en primera y segunda instancia?

Antes de que el hábeas corpus sea examinado por los jueces de nuestro TC, se tuvo que agotar las vías previas, es decir, primera y segunda instancia. 

En primera instancia, el juzgado resolvió que el demante debió optar por otras vías para la supuesta imparcialidad de la fiscal sea examinada, es decir, pudo accionar mediante quejas, denuncias ante los órganos de control, etc. El juzgado declaró improcedente la demanda.

En segunda instancia, la sala que examinó el caso dijo que lo argumentado en la demanda sobre el allanamiento, no afectó el derecho a la libertad individual del mandatario, pues la entrada a Palacio de Justicia se produjo con el consentimiento de Pedro Castillo, además, las expresiones de la fiscal Córdova no fueron suficientes para reconocer una afectación o amenaza a los derechos constitucionales del presidente, se lee en el fallo. También declaró improcedente la demanda. 

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