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Quién fue Carlos Creus, el jurista que César San Martín citó para confirmar detención preliminar contra Pedro Castillo

Quién fue Carlos Creus, el jurista que César San Martín citó para confirmar detención preliminar contra Pedro Castillo

Por Redacción Laley.pe

miércoles 14 de diciembre 2022

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La resolución que confirmó la detención preliminar contra el expresidente Pedro Castillo ha sido objeto de análisis por Laley.pe. El contenido de la resolución fue producido por el juez César San Martín Castro, quien fue el ponente del caso. 

El documento de doce carillas exhibe dos importantes citas del jurista argentino Carlos Creus, en cuyo contenido desarrolla el delito de rebelión a modo de tentativa. Al motivar su decisión, el juez César San Martín consideró pertinente señalar la posibilidad de que ese delito que se le imputa a Pedro Castillo tras intentar disolver el Congreso, era posible que se configure a título de tentativa.

Carlos Creus fue un prolífico jurista argentino que publicó más de 10 importantes obras sobre derecho penal, entre las que destacó por sobremanera: Derecho penal-parte general junto a Ricardo Ángel Basílico, otro abogado trayectoria. Esta obra precisamente fue la que citó el procesalista y juez César San Martín Castro al desarrollar su resolución: 

1. Si el alzamiento en armas no se llega a producir, pero se inician actos de nicio de ejercución de alzamiento se estará ante una tentativa (exartículo 16 del Código Penal) -su etrutura lógica permite la tentativa (CREUS. CARLOS. Ibídem, p. 177). 

Es decir, de acuerdo a esta posición, el delito de rebelión contra el expresidente Pedro Castillo sí podría configurarse. En principio, este argumento que avala la tentativa del delito de rebelión ha provocado diversas críticas de cierto sector de la comunidad jurídica, quienes aseguran que no existe delito porque nunca se produjo el alzamiento en armas. 

Carlos Creus fue muy importante para el derecho penal, entre sus obras destacan: Derecho penal: parte especial, Derecho penal: parte general, El derecho y la obra: introducción al pensamiento jurídico contemporáneo, Invalidez de los actos procesales penales: nulidad, inadmisibilidad, inexistencia : causales, efectos, subsanación, casuística, análisis jurisprudencial, entre otros de relevancia académica. Estas fue su posición sobre el delito de rebelión: 

Creus ha dicho que alzarse en armas exige la actividad grupal más o menos organizada que utiliza la fuerza en hostilidad contra los poderes públicos nacionales. La exigencia típica consiste en una sublevación, un levantamiento violento, hostil, que se traduce en !a violencia, debido a la tenencia o el uso de las armas, ya que mientras esto no ocurra sólo se estará en la etapa de la conspiración-3 . Se han dado, además, conceptos análogos al alzamiento en armas, como el tumulto público (González Roura), de individuos sublevados, contra la autoridad y fuerzas del gobierno nacional, para lograr una de las finalidades políticas enuineradas en el propio articulo, y que además debe tener un número de personas y armas propias o impropias que usan, portan o tienen a su inmediata disposición, con un poder suficiente para que dichas fuerzas tengan alguna posibilidad de éxito. 

¿El delito de rebelión admite tentativa? 

Efectivamente, esta inquietud fue abordada por el jurista argentino a través de un capítulo íntegro. Algunos extractos se citan en la resolución de César San Martín:

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