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Dueño de chifa: ¿actuó en legítima defensa al disparar contra sujeto que redujo a su familia e intentó robarle?

Dueño de chifa: ¿actuó en legítima defensa al disparar contra sujeto que redujo a su familia e intentó robarle?

Por Redacción Laley.pe

viernes 26 de mayo 2023

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Un sujeto fue abatido con dos disparos tras intentar asaltar un restaurante (chifa) ubicado en el distrito de Villa El Salvador. Apenas ingresó al local sometió a un niño de 11 años y a su madre: «¡Al suelo ¿Quiéres que te mate o no?», se le oye decir en el video de seguridad del restaurante, mientras simulaba tener un arma de fuego en su bolsillo. 

Al notar esto, el dueño del local, padre y esposo de los victimarios, desenfundó su arma de fuego y le propinó dos disparos que acabaron con la vida del sujeto, quien cayó tentido al suelo y murió. Estos hechos fueron examinados por diversos abogados penalistas, quienes opinaron en diferentes medios de comunicación sobre lo ocurrido: ¿hubo o no legítima defensa?

Esta es la regulación de la legítima defensa en la Constitución y en nuestro Código Penal: 

Constitución Política del Perú
Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona

Toda persona tiene derecho:
23. A la legítima defensa.

 

Código Penal 
Artículo 20.- Inimputabilidad

3. El que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros […]

La legítima defensa se encuentra consagrada en nuestra Constitución como un derecho fundamental y el artículo 20 de nuestro Código Procesal Penal desarrolla la inimputabilidad de quien obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros.

Es así que el dueño del restaurante podría ser inimputable al actuar en legítima defensa de terceras personas (hijo y esposa). 

Rommy Chang, abogada penalista 

En todo momento el sujeto hace el ademán de tener un arma de fuego. El mensaje que transmite el sujeto es que tiene un arma de fuego, por ende, sí hubo legítima defensa.

Juan Peña, abogado penalista

Este delito prevee qué es lo que la persona pudo asumir al momento de los hechos, no si pudo o no preveer. Sí hubo legítima defensa. 

Luis Lamas Puccio, abogado penalista

Lo que yo veo es una mano en el bolsillo y un señalamiento con el dedo que desde mi opinión personal no necesariamente significa que estaba armado (…) Yo no excluyo ninguna posibilidad: desde la exención de la responsabilidad hasta alguna circunstancia que pueda atenuar la responsabilidad, pero habría que acreditar desde un punto de vista criminalístico para percibir que bajo la manga había un arma de fuego: el solo hecho de tener la mano dentro de la casaca o manga (simulando) será motivo de evaluación para ver si estamos frente a un caso de agresión bajo la legítima defensa o bajo los agravantes o atenuantes. Son mis primeras apreciaciones.

Branko Yvancovich, abogado penalista

Sí hubo legítima defensa perfecta, pues el sujeto buscó crear la apariencia de que se encontraba armando. El dueño del chifa creyó  que se encontraba armado debido a que el encapuchado tenía la mano en el bolsillo haciendo ademán de arma, además que su esposa e hijo estaban en el suelo, por lo que el uso del arma motivado por la defensa ante un contexto como ese se encuentra justificado por ser razonable.

La figura de la legítima defensa ha sufrido un revés durante los últimos años. Hasta hace algunas décadas cuando se analizaba la legítima defensa los magistrados invocaban la proporcionalidad de medios para resolver, es decir, quien actuaba en legítima defensa tenía que defenderse o defender a terceros con la misma arma que portaba el agresor (proporcionalidad de medios), de manera que no existiera ninguna ventaja frente al atacante.

Y sobre todo porque esto permitía que los jueces concluyeran que nunca hubo una agresión que riesgosa para quienes se defendieron. A la fecha, esa posición ha quedado en el olvido y para resolver se invoca la razonabilidad en casos de legítima defensa, lo que permite examinar otros elementos. 

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