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[VIDEO] Alquilé un departamento, terminó el contrato y no me devolvieron la garantía, ¿qué debo hacer?

[VIDEO] Alquilé un departamento, terminó el contrato y no me devolvieron la garantía, ¿qué debo hacer?

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de julio 2023

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Un caso recurrente en el derecho peruano es que se solicite el pago de algunos meses de garantía antes de alquilar un departamento o casa. Sin embargo, ¿qué hacer cuando, al finalizar el contrato, el monto de la garantía no es devuelto?

Al respecto, el abogado civilista, Luis Cherres Juárez, explicó que el inquilino podría ejercer su derecho de retención. La premisa es la siguiente: “Tengo derecho a mantenerme en la propiedad mientras no se me devuelva el dinero entregado como garantía”, indica en el video. 

Otras alternativas

El abogado advirtió que existe otra alternativa si el propietario no desea devolver la garantía. El inquilino y el propietario podrían acordar que se impute la garantía a cuenta del último mes de arrendamiento. Ejemplo:

  • Juan pagó tres meses de garantía, dicho monto puede imputarse para que cubra el pago de los últimos tres meses del contrato, saldando la deuda.
  • Pedro pagó un mes de garantía, dicho monto puede imputarse para que cubra el último mes del contrato, saldando la deuda.

 

Luis Cherres menciona que es muy importante que el contrato de arrendamiento esté inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), pues así se garantiza su cumplimiento.

Al estar inscrito ante los registros públicos, si el propietario vende el bien, el nuevo propietario deberá respetar el contrato de alquiler. De no estar inscrito, el nuevo propietario tiene derecho a solicitar la desocupación del bien, respetando el plazo que la ley establece a favor del inquilino.

Proyecto de ley en comisión 

A la fecha no existen reglas sobre la garantía, pues carece de regulación jurídica en el Código Civil. Pese a ello, su aplicación es cotidiana cuando se establece un contrato de alquiler.

Al respecto, hay un Proyecto de Ley 4962/2022-CR que plantea regular «la garantía» de los arrendamientos en nuestro Código Civil. Actualmente se encuentra en Comisión de Justicia y Derechos Humanos desde el 15 de mayo.

La realidad es distinta en España

El proyecto de ley cita al autor Domingo Bello, quien elaboró un análisis acerca de la legislación española con relación a los arrendamientos urbanos. Según él, la «fianza arrendaticia» protege los derechos de las dos partes involucradas:

Al propietario le permite estar seguro del cumplimiento de la renta y de la entrega del bien inmueble alquilado en un buen estado.

Al inquilino le permite tener de regreso el dinero que prestó como garantía del uso del bien inmueble.

El abogado civilista, Luis Cherres Juárez, será parte del diplomado en Derecho de los Contratos, nuevas tendencias y jurisprudencia actualizada, elaborado en Aula Gaceta en alianza con la Universidad San Martín de Porres. Inscríbete aquí.

 

 

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