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¿Se avecinan cambios a nuestro Himno Nacional? Este proyecto plantea restituir la quinta estrofa

¿Se avecinan cambios a nuestro Himno Nacional? Este proyecto plantea restituir la quinta estrofa

Por Redacción Laley.pe

jueves 27 de julio 2023

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El congresista Alex Randu Flores de Perú Libre presentó el Proyecto de Ley 2295-2021/CR, que plantea restituir la quinta estrofa del Himno Nacional que fue retirada en 1913 sin ninguna justificación. A la fecha, la Ley 1801 contiene la letra oficial de nuestro himno. 

La decisión de retirar la quinta estrofa de nuestro himno fue arbitraria y vulneró los derechos de autor de José Bernardo Alzedo. Este proyecto también busca que en los actos oficiales se entone el coro y la sexta estrofa, por mandato constitucional. 

ESTROFA V

Excitemos los celos de España,
pues presente con mengua y furor
que en el concurso de grandes naciones
nuestra patria entrará en parangón

Llenemos primero el reglón,
que el tirano ambicioso Iberino,
que la América toda asoló
¡Somos libres! etc.

 

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Asimismo el autor planteó que el coro y la sexta estrofa del himno nacional deberían ser tocadas y cantadas en los actos oficiales y públicos.

CORO

¡Somos libres! ¡Seámoslo siempre!
Y antes niegue sus luces el sol,
Que faltemos al voto solemne
Que la patria al eterno elevó.

 

ESTROFA VI

«En su cima los Andes sostengan
la bandera o pendón bicolor
que a los siglos anuncie el esfuerzo
que ser libres por siempre nos dio.

A su sombra posemos tranquilos
y al nacer por sus cumbres el sol
renovemos el gran juramento
que rendimos al Dios de Jacob
¡Somos libres! etc.»

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Los derechos fundamentales están relacionados con la identidad nacional y el respeto por los símbolos patrios, que serían fortalecidos tras la aprobación del proyecto de ley, indica el autor. 

Para fundamentar su iniciativa, Alex Randu invocó los artículos 38 y 49 de la Constitución Política del Perú: es deber de todos los peruanos honrar al Perú y respetar sus símbolos patrios.

Artículo 38. Deberes para con la patria

Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.

 

Artículo 49°. Capital de la República del Perú y símbolos de la patria

La capital de la República del Perú es la ciudad de Lima. Su capital histórica es la ciudad del Cusco. Son símbolos de la patria la bandera de tres franjas verticales con los colores rojo, blanco y rojo, y el escudo y el himno nacional establecidos por ley.

El congresista también citó el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sobre los derechos que protegen la propiedad intelectual de producciones artísticas:

Artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
 

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Asimismo, se resalta que el Ministerio de Educación consideró que la difusión del coro y la sexta estrofa es importante, pues permite infundir el orgullo patriótico que toda Nación necesita para lograr una verdadera cohesión social.

De esa forma, el Estado peruano cumpliría con su deber de promoción de la integración social consignado en el cuarto párrafo del artículo 17 de la Constitución Política del Perú. Es decir, por mandato constitucional se tendría que entonar estos apartados de nuestro himno. 

Tribunal Constitucional: símbolos patrios 

En 2022, el Tribunal Constitucional resolvió lo siguiente: la omisión de la quinta estrofa vulnera el derecho a la propiedad intelectual del autor del Himno Nacional. El TC resolvió que el Congreso de la República tendría que modificar la Ley 1801 para restituir el himno. 

Puede revisar el proyecto completo AQUÍ.

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