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Modifican Código Penal: incrementan prognosis para dictar prisión preventiva y fijan su revisión periódica de oficio cada 6 meses

Modifican Código Penal: incrementan prognosis para dictar prisión preventiva y fijan su revisión periódica de oficio cada 6 meses

A través del Decreto Legislativo 1585 se ha modificado la figura de la prisión preventiva en el Código Penal y se fijó su revisión periódica de oficio cada 6 meses. Esta norma también impacta en el deshacinamiento carcelario, pues obliga a aplicar de manera preferente los grilletes electrónicos como medida coercitiva más gravosa en lugar […]

Por Redacción Laley.pe

miércoles 22 de noviembre 2023

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A través del Decreto Legislativo 1585 se ha modificado la figura de la prisión preventiva en el Código Penal y se fijó su revisión periódica de oficio cada 6 meses.

Esta norma también impacta en el deshacinamiento carcelario, pues obliga a aplicar de manera preferente los grilletes electrónicos como medida coercitiva más gravosa en lugar de la prisión preventiva.

Además se plantean modificaciones a la ley sobre el beneficio especial de salida del país para extranjeros que cumplen pena privativa de la libertad (Ley 30219) y al decreto legislativo que regula la conversión de penas privativas de la libertad por penas alternativas (DL 1300).

La norma publicada hoy se enmarca en las facultades legislativas dadas al Ejecutivo por el Congreso, y también en la resolución del Tribunal Constitucional en la que se dispone la dación de medidas para aliviar el hacinamiento en las cárceles, por considerar que esta situación impide la resocialización de los internos y ha llegado a extremos insostenibles.

Presupuesto de prisión preventiva y deshacinamiento:

Artículo 3. Modificación de los artículos 268, 283 y 284 del Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 957

Modificar los artículos 268, 283 y 284 del Código Procesal Penal, en los siguientes términos:

“Artículo 268. Presupuestos materiales
(…)

b) Que la sanción a imponerse sea superior a cinco años de pena privativa de libertad; y,
(…)

2. Sin perjuicio de lo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria, transcurrido seis (6) meses desde el inicio de la ejecución de la prisión preventiva o desde la última audiencia en la que se hubiera discutido su cesación, revisa de oficio la vigencia de los presupuestos que dieron lugar a su imposición. La revisión se realiza obligatoriamente durante todo el tiempo que dure de la medida coercitiva.

Los grilletes electrónicos: medida más gravosa

La aplicación de grilletes electrónicos solo procede para personas procesadas por delitos cuyas penas privativas de la libertad no sean superiores a 10 años y para personas condenadas con penas no mayores a 10 años.

Quienes sean procesadas por delitos culposos, el juez aplica como medida coercitiva más gravosa la comparecencia restrictiva y la aplicación de grilletes electrónicos.

Y si la persona es condenada por algún delito culposo y la pena es menor a 6 años, el juez deberá convertir la pena en vigilancia electrónica personal.

Tres requisitos para que extranjeros regresen a sus países de origen

El decreto regula tres requisitos para que extranjeros accedan al beneficio especial de retornar a sus países de origen.

  • Que la condena que se le impuso no sea mayor de 12 años de pena privativa de libertad, siempre que se trate de la primera condena.
  • Que haya cumplido de manera efectiva la mitad de la condena
  • Que se encuentre ubicado en la etapa de tratamiento de mínima o mediana seguridad del régimen cerrado ordinario

Certificado de pago íntegro de deuda alimentaria y reparación civil es suficiente

Quienes hayan sido condenados por el delito de omisión a la asistencia familiar solo deberán certificar el pago íntegro de la deuda alimentaria y la reparación civil para que la condena sea convertida por una pena alternativa.

El Decreto Legislativo 1585 establece que la certificación se realiza de manera directa ante el juez y sin audiencia. La conversión de la condena a una pena menos gravosa es automática, se lee en documento publicado en el Diario Oficial El Peruano.

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