El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declaró improcedente la ejecución de la sentencia 78-2022 que restablecía el indulto al expresidente Alberto Fujimori.
Es pertinente recordar que el caso llegó al juzgado de Ica después de que el TC remitiera su decisión de restablecer el indulto a Fujimori, otorgado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski en 2017.
El magistrado a cargo del juzgado de Ica, Vicente Fernández Tapia, ordenó devolver los 990 folios al Tribunal Constitucional, porque «no le correspondía tomar esa decisión». En concreto, resolvió lo siguiente:
Declara improcedente la ejecución de la sentencia del pleno N 78/2022 , de fecha 17 de marzo del 2022 , concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori Fujimori por parte del juez del primer juzgado de Investigación preparatoria de Ica a cargo del suscrito por no haber sido estimada la demanda de hábeas Corpus ante este órgano jurisdicción, careciendo de competencia.
Dispongo se devuelvan todos los actuados al Tribunal Constitucional con la debida nota de atención para que se proceda conforme a Ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatorio emitida en este proceso de Habeas Corpus.
A pesar de que en la resolución del TC no lo indica de forma y mediante una entrevista televisiva, el presidente del TC, Francisco Morales, aclaró la confusa resolución «de aclaración» que emitieron a propósito de Alberto Fujimori: sí procede indultarlo, debe ser liberado.
Nota en desarrollo…
La resolución no restituye el indulto ni ordena su excarcelación de Alberto Fujimori. No constituye un nuevo pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), se trata de una aclaración (que no aclara absolutamente nada), a pedido de los abogados de Fujimori, luego de que la Corte IDH haya dejado sin efecto el indulto.
2017: indultan a Alberto Fujimori
2018: juez considera que es posible aplicar indulto porque va en contra de la jurisprudencia de la Corte IDH
2022: TC indicó que el indulto es válido y debe restituir el indulto: Alberto Fujimori debe salir en libertad (hábeas corpus)
Es importante recordar que la Corte IDH dejó sin efecto la sentencia del TC en 2022. Luego de este pronunciamiento, el procurador del PJ y los abogados de Alberto Fujimori acudieron vía aclaración al TC para consultar sobre la situación de Alberto Fujimori.
En sencillo, en esta nueva resolución del TC se precisa que la figura de la aclaración busca esclarecer aspectos muy generales de la sentencia, no el fondo.
Por esa razón, el TC prefirió remitir el tema al juez de ejecución del hábeas corpus para que cumpla con pronunciarse sobre el fondo del caso. Será el juez de ejecución del hábeas corpus quien defina los destinos de Fujimori.
Alberto Fujimori: «auto de aclaración» del TC que no aclara absolutamente nada
El TC tuvo la oportunidad de aclarar la situación de Alberto Fujimori, pero declaró improcedente los recursos de aclaración que presentó la defensa del Alberto Fujimori y el procurador del Poder Judicial. El TC ordenó al juez de ejecución que proceda conforme a sus atribuciones.
Los magistrados Monteguado Valdez y Ochoa Cardich emitieron votos singulares sosteniendo que la resolución en mayoría estaría ratificando el indulto de Alberto Fujimori contraviniendo la Convención Americana y los mandatos de la Corte IDH.
Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional te cuenta todos los pormenores del presente auto que ha generado polémica y atención en la comunidad.
¿Qué es un recurso de aclaración? (Caso Alberto Fujimori)
El recurso de aclaración se interpone con el fin de aclarar algún concepto o subsanar un error material u omisión en que hubiese incurrido una sentencia del Tribunal Constitucional, mas no podría declarar la nulidad de la misma (artículo 121 del nuevo Código Procesal Constitucional).
El TC declaró improcedente el recurso de aclaración interpuesto por el procurador del Poder Judicial por extemporánea y desestimó por improcedente el recurso de aclaración de la defensa de Alberto Fujimori, pues pretendía que los jueces valoraran la resolución de la Corte IDH, desnaturalizando el sentido de una aclaración.
Finalmente, el TC sostiene que no hay nada que aclarar y remite los actuados al juez de ejecución para que actúe conforme a sus atribuciones.
Los votos singulares: Monteagudo y Ochoa
Sin embargo, en contraposición con los fundamentos de mayoría, el magistrado emitió su voto singular mediante el cual sostuvo que el voto en mayoría estaría ratificando y restituyendo los efectos del indulto humanitario otorgado Alberto Fujimori, tras advertirse que la cuestionada sentencia es jurídicamente válida.
Finalmente, sostiene que la cuestionada sentencia del TC debería dejarse sin efecto y retrotraer las cosas al estado anterior de la sentencia.
El magistrado Ochoa también emitió su voto singular, en donde explicó que la declaración expresa de la “inejecutabilidad” de la sentencia del TC y además, dijo que se debió precisar que la remisión de los actuados al juez de ejecución corresponde al archivamiento definitivo el fallo del TC.