ANTAIP recomienda iniciar acciones administrativas contra funcionarios del Ministerio Público
Funcionarios del Ministerio Público podrían ser sancionados por no difundir información obligatoria en el portal de transparencia estándar.
Funcionarios del Ministerio Público podrían ser sancionados por no difundir información obligatoria en el portal de transparencia estándar.
La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) supervisó que las entidades de la administración pública difundieran información actualizada en su portal de transparencia estándar, durante el primer semestre del 2023.
Los resultados fueron presentados en un informe que reveló que el Ministerio Público (MP) incumplió con la divulgación de información focalizada en su portal de transparencia estándar. Es decir, el MP no cumplió con difundir los dictámenes fiscales, las hojas de vida de sus funcionarios, un informe anual sobre sus actividades y otras informaciones.
En la parte final del informe, la autoridad nacional de transparencia recomendó que el Ministerio Público, y las otras entidades que tampoco cumplieron las disposiciones, identificaran a los funcionarios responsables de no haber registrado la información en sus portales de transparencia estándar de sus respectivas webs.
La recomendación busca que las propias entidades inicien acciones administrativas que correspondan, conforme al artículo 33, inciso 6, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se lee en el informe.
Identificar a los responsables e iniciar las acciones administrativas que correspondan a los funcionarios conforme al artículo 33 inciso 6 del Reglamento de la LTAIP.
Recomendación de la ANTAIP para las entidades supervisadas.
El artículo 33 inciso 6 del Reglamento de la LTAIP indica que no actualizar la información contenida en los portales de transparencia es una infracción grave. Por lo tanto, los funcionarios que no cumplieron con difundir la información en el portal de transparencia estándar del Ministerio Público podrían ser sancionados.
Artículo 33.- Infracciones graves
Constituyen infracciones graves, las siguientes conductas:(…)
6. No actualizar la información contenida en los portales de transparencia de acuerdos a los plazos establecidos por la normativa vigente; o actualizarla de manera incompleta, inexacta o ininteligible.
En el informe, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) también publicó otras recomendaciones para las entidades públicas y las entidades del Sistema de Justicia supervisadas.
Recomendaciones para las entidades públicas supervisadas
Recomendaciones a las entidades del Sistema de Justicia
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