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ANTAIP recomienda iniciar acciones administrativas contra funcionarios del Ministerio Público

ANTAIP recomienda iniciar acciones administrativas contra funcionarios del Ministerio Público

Funcionarios del Ministerio Público podrían ser sancionados por no difundir información obligatoria en el portal de transparencia estándar.

Por Redacción Laley.pe

martes 2 de enero 2024

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La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) supervisó que las entidades de la administración pública difundieran información actualizada en su portal de transparencia estándar, durante el primer semestre del 2023.

Los resultados fueron presentados en un informe que reveló que el Ministerio Público (MP) incumplió con la divulgación de información focalizada en su portal de transparencia estándar. Es decir, el MP no cumplió con difundir los dictámenes fiscales, las hojas de vida de sus funcionarios, un informe anual sobre sus actividades y otras informaciones.

En la parte final del informe, la autoridad nacional de transparencia recomendó que el Ministerio Público, y las otras entidades que tampoco cumplieron las disposiciones, identificaran a los funcionarios responsables de no haber registrado la información en sus portales de transparencia estándar de sus respectivas webs.

La recomendación busca que las propias entidades inicien acciones administrativas que correspondan, conforme al artículo 33, inciso 6, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se lee en el informe.

Identificar a los responsables e iniciar las acciones administrativas que correspondan a los funcionarios conforme al artículo 33 inciso 6 del Reglamento de la LTAIP.

Recomendación de la ANTAIP para las entidades supervisadas.

Los funcionarios del MP podrían ser sancionados

El artículo 33 inciso 6 del Reglamento de la LTAIP indica que no actualizar la información contenida en los portales de transparencia es una infracción grave. Por lo tanto, los funcionarios que no cumplieron con difundir la información en el portal de transparencia estándar del Ministerio Público podrían ser sancionados.

Artículo 33.- Infracciones graves
Constituyen infracciones graves, las siguientes conductas:

(…)

6. No actualizar la información contenida en los portales de transparencia de acuerdos a los plazos establecidos por la normativa vigente; o actualizarla de manera incompleta, inexacta o ininteligible.

Otras recomendaciones de la ANTAIP

En el informe, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) también publicó otras recomendaciones para las entidades públicas y las entidades del Sistema de Justicia supervisadas.

Recomendaciones para las entidades públicas supervisadas

  • Revisar de manera permanente que estén operativos los enlaces donde publican información en su portal de transparencia estándar.
  • Actualizar los avisos de sinceramiento temporales. El aviso de sinceramiento es un comunicado breve que explica las razones por las que una entidad no cumplió con publicar su información en el portal de transparencia estándar.
  • Informar a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros si hay cambios en la designación del funcionario responsable del portal de transparencia estándar. También establecer los procedimientos para asegurar que el portal de transparencia estándar sea actualizado.
  • Fortalecer las capacidades de los funcionarios responsables de los portales de transparencia estándar y de los coordinadores, sobre el marco normativo y el uso del módulo de administración del portal de transparencia estándar. Así, la información publicada será correcta, sobre todo en el caso de los gobiernos regionales y municipalidades provinciales y distritales.
  • Difundir en la población el uso de los portales de transparencia estándar como una herramienta para la vigilancia y participación ciudadana, a través de campañas u otros medios.
  • Las entidades que no tienen portal de transparencia estándar o presentan problemas operativos en la carga de información, deben comunicarse con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del correo [email protected].
  • Publicar avisos de sinceramiento cuando no dispongan de la información que obligatoriamente deben publicar en el portal de transparencia estándar o se encuentre en proceso de formulación.

Recomendaciones a las entidades del Sistema de Justicia

  • Evaluar la elaboración de un aplicativo o mecanismo que permita presentar la hoja de vida de sus funcionarios de manera amigable para los ciudadanos. En el caso de la Academia de la Magistratura y el Tribunal Constitucional, mientras no cuenten con un aplicativo o mecanismo para esa finalidad, optar por formas alternativas de presentar la información como lo hace la Junta Nacional de Justicia.
  • Impulsar la implementación de la plataforma de soporte tecnológico, en el marco del Decreto Legislativo 1342, para la publicidad de las resoluciones judiciales con la finalidad de facilitar a la ciudadanía el acceso en forma sencilla a todas y cada una de las decisiones jurisdiccionales de los jueces o tribunales a nivel nacional.
  • Publicar los informes anuales o memorias institucionales que presenten las actividades realizadas durante el año, es decir, el trabajo desarrollado en el marco de sus competencias. El informe debe redactarse de manera sencilla y amigable.
  • Publicar avisos de sinceramiento en caso no se cuente con la información obligatoria de publicación en el portal de transparencia estándar o se encuentre en proceso de formulación. El aviso de sinceramiento es un comunicado breve que explica las razones por las que una entidad no cumplió con publicar su información en el portal de transparencia estándar.

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