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Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia

Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia

[Sentencia 67-23-IN/24] Corte Constitucional de Ecuador falló a favor de la demanda de ciudadana que padece de enfermedad degenerativa, convirtiéndose en el noveno país en el mundo en despenalizar la eutanasia.

Por Diálogo con la Jurisprudencia

jueves 8 de febrero 2024

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Paola Roldán es una ciudadana ecuatoriana que padece de esclerosis lateral amiotrófica y que consiguió que se legalizara la eutanasia en Ecuador, pues este miércoles 07 de febrero de 2024, la Corte Constitucional falló a favor de su demanda, reconociendo su derecho a acceder a una muerte digna.

En principio, Paola Roldán alegó la inconstitucionalidad por el fondo del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuyo contenido tipifica que la persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años (homicidio).

Alega que la norma mencionada infringía los derechos a: (i) la dignidad; (ii) al libre desarrollo de la personalidad; (iii) al fomento de la autonomía y disminución de la dependencia; (iv) a la integridad física y la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes; y (v) al derecho a morir dignamente.

En la sentencia, la Corte considera que el supuesto planteado se relaciona con los derechos a la vida digna y al libre desarrollo de la personalidad (autonomía), por lo que concluye que la vida admite excepciones a su inviolabilidad cuando busca proteger otros derechos.

Esta decisión presenta un gran paso en la protección de los derechos humanos y fundamentales de los ciudadanos ecuatorianos. Tras dicho fallo, Ecuador se transforma en el noveno país en el mundo en despenalizar la eutanasia.

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