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Se ha autorizado a los fiscales, a nivel nacional y de todos los niveles, para que en forma excepcional durante el estado de emergencia sanitaria por el Covid-19 puedan utilizar medios tecnológicos para el desarrollo de las distintas diligencias fiscales, siempre que no se vulnere norma procesal alguna y se garantice el derecho de defensa.
Así lo dispone la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 610-2020-MP-FN, publicada en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del martes 21 de abril de 2020.
Para ello, se faculta a los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fiscales del país y a los coordinadores nacionales de las fiscalías especializadas, para dictar directivas, lineamientos, protocolos (institucionales o interinstitucionales) de acuerdo a las necesidades y características de su distrito fiscal o fiscalías especializadas.
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Por último, se dispone que la Oficina General de Tecnologías de la Información preste apoyo técnico a las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fiscales y a los coordinaciones nacionales de las fiscalías especializadas para el uso de herramientas tecnológicas en la actuación fiscal.
Ud. puede descargar estar resolución aquí.