Un contrato comercial es un acuerdo vinculante donde ambas partes se comprometen a realizar determinadas prestaciones. Cuando una de las partes incumple sus obligaciones—no entrega la mercancía, no paga el precio, proporciona un servicio defectuoso o se atrasa indefinidamente—la otra parte tiene derecho a exigir cumplimiento, resolver el contrato o reclamar indemnización por daños. Sin embargo, la ley establece procedimientos, plazos y requisitos específicos que deben cumplirse para que la demanda sea efectiva. Presentar una demanda mal redactada, sin documentos adecuados o después de los plazos de prescripción puede resultar en rechazo, dilación o pérdida total del derecho.
Marco Legal de Responsabilidad Contractual
La responsabilidad por incumplimiento de contrato en Perú está regulada principalmente por el Código Civil (artículos 1232-1370, 1428-1430) y el procedimiento por el Código Procesal Civil (artículos 424-426, 474-559, 611-642). El principio fundamental es el de libertad contractual: las partes son libres de pactar obligaciones que la ley no prohíba, y una vez celebrado el contrato válido, ambas tienen el deber de cumplir.
El Código Civil reconoce que cuando una prestación no se ejecuta, se ejecuta parcialmente, tardíamente o defectuosamente, el acreedor tiene dos opciones principales:
- Exigir el cumplimiento forzoso de la obligación, acompañado de indemnización por daños y perjuicios si corresponde
- Resolver el contrato y reclamar devolución de lo pagado más indemnizaciones
Estas opciones no son excluyentes; dependen de las circunstancias, el tipo de incumplimiento y lo que el acreedor considere más beneficioso.
Tipología de Incumplimiento y Consecuencias
Incumplimiento total o absoluto ocurre cuando la parte deudora no ejecuta nada de su obligación. Por ejemplo, se contrata la entrega de 1,000 unidades de mercancía y el proveedor simplemente no entrega. En este caso, tienes derecho a resolver el contrato y exigir la devolución de lo pagado, además de daños y perjuicios por los gastos en que incurriste buscando alternativas (compras de emergencia a mayor precio, transporte adicional, etc.).
Incumplimiento parcial es cuando se ejecuta solo parte de la obligación. Se contratan 100 kilos de producto y se entregan 60. Puedes exigir que se entreguen los 40 restantes, o aceptar lo entregado con una indemnización por la diferencia en valor.
Incumplimiento tardío sucede cuando la obligación se ejecuta después de la fecha pactada. El contrato especificaba entrega el 15 de mayo y se entrega el 30 de junio. Si la demora causa que pierdas una venta o incurras en costos adicionales (almacenaje, financiamiento, etc.), puedes reclamar esos daños. Además, si el contrato contiene cláusula penal por mora (por ejemplo, “0.5% diario de mora”), puedes cobrar directamente esa penalidad sin necesidad de probar daños exactos.
Incumplimiento defectuoso es cuando se ejecuta la prestación pero con vicios o defectos. Se contratan servicios de consultoría con expectativa de obtener ciertos resultados y el consultor entrega un trabajo de baja calidad, incompleto o no conforme a lo pactado. Tienes derecho a exigir que se subsane (se corrija el defecto) o, si es imposible o excesivamente costoso, a resolver el contrato reclamando la devolución o un descuento del precio pagado.
Vías Extrajudiciales: Antes de Demandar
Antes de recurrir a juzgados, la ley y la práctica comercial recomiendan intentar resolver el incumplimiento fuera de proceso. Esto es más rápido, menos costoso y a menudo más amigable para preservar relaciones comerciales futuras.
Resolución por cláusula resolutoria expresa:
Si tu contrato contiene una cláusula que establece “Si la parte X no cumple con la obligación Y, el contrato quedará resuelto de pleno derecho”, tienes una herramienta poderosa. Esta cláusula, cuando está bien redactada, permite que el contrato se resuelva automáticamente mediante una simple comunicación notarial identificando:
- La obligación específica que fue incumplida
- Que se ha cumplido la condición resolutoria
- Invocación expresa de la cláusula
- Comunicación notarial al domicilio contractual
Una vez recibida la notificación cumpliendo estos requisitos, el contrato queda resuelto de pleno derecho sin necesidad de demanda, sin necesidad de sentencia judicial. Esto es muchísimo más rápido que un juicio. El costo es solo el de la carta notarial (típicamente S/ 100-200).
Resolución por intimación (artículos 1428-1429 Código Civil):
Si el contrato NO tiene cláusula resolutoria, aún puedes resolver mediante una resolución extrajudicial usando la “intimación”. El procedimiento es:
- Envía una carta notarial al deudor indicando claramente:
- Si el deudor cumple dentro del plazo → Contrato se mantiene vigente
- Si el deudor NO cumple dentro del plazo → El contrato queda resuelto automáticamente sin necesidad de demanda. A partir de ese momento, la relación contractual cesa y puedes proceder a la ejecución (embargo de bienes del deudor) para recuperar lo pagado.
Esta es una vía extremadamente útil porque resuelve el problema en semanas, no años, y sin costos de litigio.
Requerimiento notarial de cumplimiento (previo a resolución):
Aunque no es obligatorio, es altamente recomendable enviar primero una carta notarial requiriendo cumplimiento, dando plazo (típicamente 10-15 días), e indicando que, si no cumple, procederás a demanda. Ejemplo de contenido:
“Por la presente requiero que dentro del plazo de 15 días calendario cumpla con la obligación de pagar la suma de S/ 50,000 por concepto de saldo pendiente de la Factura 001-2025, según consta en el contrato de fecha 01 de enero de 2025. De no cumplir en dicho plazo, procederé a iniciar acciones legales correspondientes, incluyendo demanda judicial y medidas cautelares de embargo.”
Este requerimiento cumple dos funciones: (1) da oportunidad última al deudor de cumplir voluntariamente, y (2) crea prueba de tu intención de cobrar, útil en juicio si la contraparte alega que abandonaste el crédito.
Requisitos Formales para Presentar Demanda Judicial
Si el incumplimiento persiste y las vías extrajudiciales fallan, debes presentar demanda ante el juzgado competente. El Código Procesal Civil establece requisitos muy precisos en los artículos 424-426.
Requisitos de la demanda (artículo 424 CPC):
- Designación del juez ante quien se interpone. Debes especificar: “Al Juzgado Civil de [ciudad]” o “Juzgado Especializado Civil de [ciudad]”
- Datos completos del demandante:
- Nombre completo
- Número de DNI o RUC (si eres empresa)
- Domicilio real (donde realmente vives/funciona empresa)
- Domicilio procesal (donde recibirás notificaciones; puede ser tu abogado)
- Domicilio electrónico (casilla judicial asignada por el Poder Judicial)
- Datos del demandado:
- Petitorio claro y concreto:
- NO es suficiente decir “demando al X por incumplimiento”
- DEBE ser específico: “Demando que se condene al demandado al pago de S/ 50,000 por incumplimiento de contrato más intereses legales desde fecha de incumplimiento al 8% anual, más costos y costas del proceso” O “Demando la resolución del contrato de compraventa celebrado el 01.01.2025 más restitución de lo pagado (S/ 100,000) más daños por lucro cesante ascendente a S/ 30,000”
- Hechos fundamentadores:
- Narración cronológica y precisa de qué ocurrió
- Cuándo se celebró el contrato (fecha, lugar)
- Cuáles eran las obligaciones de ambas partes
- Cuándo debía cumplirse
- Qué hizo el demandante cumpliendo su parte
- Cuándo y cómo incumplió el demandado
- Qué daños resultaron
- Debe ser claro, sin divagaciones
- Fundamentación jurídica:
- Citas a artículos del Código Civil relevantes (típicamente: arts. 1232, 1371, 1428-1430)
- Citas a jurisprudencia si aplica
- Argumentos sobre por qué tu demanda encuadra legalmente
- No basta solo citar artículos; debe haber análisis
- Monto del petitorio:
- Si demandas dinero: la suma exacta (ej: S/ 50,000)
- Si es variable: indicar fórmula (ej: “monto que fije el juez equitativamente”)
- Si incluye intereses: indicar tasa (típicamente 8% anual desde incumplimiento)
- Ofrecimiento de medios probatorios:
- Lista de pruebas que vas a presentar: “Contrato de fecha 01.01.2025”, “Facturas 001-020 de 2025”, “Correos de demandado fechas X, Y, Z”, “Testigos: Gerente de empresa (nombre)”, “Perícia técnica de calidad de producto”
- Firma:
- Firma del demandante y de su abogado
- Abogado debe estar inscrito en Colegio de Abogados
Anexos obligatorios (artículo 425 CPC):
- Copia certificada del DNI o RUC del demandante
- Poder del abogado si actúa representando (con firma legalizada)
- Contrato original o copia certificada (CRUCIAL; sin esto la demanda muy probablemente será rechazada)
- Documentos probatorios: facturas, comprobantes de pago, correos, órdenes de compra, actas de inspección, informes técnicos
- Acta de conciliación extrajudicial si la hay (algunos juzgados lo exigen)
- Cotización o pericia de daños si reclamas cantidad no fácilmente verificable
Selección del Tipo de Procedimiento
La ley peruana ofrece distintos procedimientos según la cuantía y complejidad del caso.
Proceso ordinario aplica para cuantías altas (típicamente superior a 50 UIT = S/ 267,500 en 2025). Tiene múltiples etapas escritas, traslados, periodos de prueba y se demora años. Es apropiado para casos complejos con múltiples pruebas.
Proceso sumarísimo es para cuantías menores (inferior a 50 UIT). La característica distintiva es que todo sucede en una audiencia única: el demandado contesta la demanda, se actúan todas las pruebas (presentan documentos, declaran testigos, se realiza perícia si hay), se hacen alegatos orales del demandante y demandado, y el juez dicta sentencia—todo en una sola sesión. Esto lo hace mucho más rápido (6-12 meses típicamente) aunque menos exhaustivo.
Arbitraje, si el contrato contiene cláusula arbitral, es frecuentemente la vía más rápida (3-8 meses) y confidencial. Los árbitros son elegidos por las partes y tienen experiencia en la materia específica.
Para contratos comerciales de montos moderados (ej: S/ 50,000 – S/ 200,000), el proceso sumarísimo es casi siempre la opción más práctica.
Medidas Cautelares: Embargo
Si existe riesgo significativo de que el demandado oculte o traslade sus bienes mientras dura el juicio, puedes solicitar al juzgado una medida cautelar de embargo.
Requisitos para que el juez otorgue embargo:
- Verosimilitud del derecho invocado: Presentas prueba clara de que la obligación existe. Típicamente: el contrato, facturas, comprobantes de pago que prueben transacciones previas.
- Peligro en la demora: Demuestras que existe riesgo real de que durante el proceso (que durará meses o años), el demandado enajenará bienes o los ocultará. Ejemplo: “El demandado ha manifestado que cerraría operaciones y se iría del país” o “Tiene antecedentes de cambios de domicilio frecuentes”.
- Razonabilidad: El monto del embargo no es excesivo ni desproporcionado respecto de lo demandado. El juez podría aceptar embargo por S/ 50,000 de los S/ 50,000 demandados, pero rechazar embargo por S/ 500,000.
Si el juez otorga embargo, se pueden embargar:
- Depósitos bancarios (se congelan las cuentas del demandado)
- Bienes inmuebles (se inscribe anotación en Registros Públicos)
- Vehículos
- Cualquier bien registrable o en posesión del demandado
El demandante debe ofrecer contracautela: una garantía (fianza, depósito en efectivo, o caución juratoria) que asegure que, si el embargo resulta ser infundado y la demanda pierde, indemnizará al demandado por daños causados por el embargo.
Cálculo de Daños y Perjuicios
Una parte crítica de tu demanda es especificar exactamente qué daños solicitas.
Daño emergente: La pérdida patrimonial directa. Ejemplo: Se te encargó comprar 100 kilos de materia prima a S/ 50/kg (total S/ 5,000) pero el proveedor incumplió. Compraste la misma materia prima en otra parte a S/ 60/kg. Tu daño emergente es S/ 1,000 (la diferencia: 100 × 10). Debes probar con facturas de ambas compras.
Lucro cesante: Ganancias que dejaste de percibir. Es más difícil de probar. Ejemplo: Contrataste a una empresa para construir tu local comercial con fecha de entrega 01.01.2025, para abrir la tienda en esa fecha. Se retrasaron 6 meses. En esos 6 meses perdiste ventas estimadas en S/ 50,000. Debes demostrar razonablemente cuál hubiera sido tu ganancia: proyecciones de flujo, comparación con similares, inversión realizada, etc.
Intereses moratorios: Si demandas pago de dinero, desde la fecha de incumplimiento se devengan intereses legales del 8% anual. Esto se incluye automáticamente en la demanda.
Cláusula penal: Si el contrato establece penalidad por incumplimiento (ej: “Por cada día de atraso, 0.5% del valor del contrato”), puedes cobrarla directamente sin necesidad de probar daños exactos. La penalidad se cobra conforme está pactada.
Cuando no se puede probar daño exacto: El artículo 1332 del Código Civil autoriza al juez a fijar daño equitativamente considerando naturaleza del daño, situación económica de las partes y pruebas presentadas. Esto significa que aunque no tengas cifra exacta, puedes argumentar y el juez estimará lo que considere justo.
Plazos Críticos
Prescripción para demandar incumplimiento de contrato: 10 años.
Desde que se produce el incumplimiento, tienes 10 años para demandar. Este es un plazo largo, pero la acción se interrumpe si:
- Reconoces la obligación (si el deudor reconoce debe pagarla)
- Se cursa intimación notarial
- Se cita con demanda (simplemente notificar la demanda interrumpe la prescripción)
- Se opone compensación judicialmente
Una vez presentada la demanda, aunque tarde años en resolverse, habrás preservado tu derecho.
Estructura y Argumentación de la Demanda
Una demanda exitosa requiere estructura lógica:
Párrafo 1 – Presentación: “A Ud. Sr. Juez Civil, comparezco y expongo: …”
Párrafo 2 – Datos procesales: Identidad demandante, demandado, competencia
Párrafo 3 – Antecedentes de hecho: “El 01 de enero de 2025, demandante y demandado celebraron contrato de compraventa … cuya copia se adjunta como Anexo 1…”
Párrafo 4 – Incumplimiento: “Conforme al artículo 1101 del Código Civil, el demandado estaba obligado a … En cambio, el demandado NO ha cumplido, conforme consta en las comunicaciones adjuntas…”
Párrafo 5 – Daños: “Como consecuencia del incumplimiento, demandante ha sufrido daño emergente por S/ X, lucro cesante por S/ Y, conforme se probará en juicio…”
Párrafo 6 – Petitorio claro: “En consecuencia, SOLICITO: a) La condena al demandado al pago de S/ [monto total], compuesto por [desglose]; b) Intereses legales al 8% anual desde [fecha]; c) Costos y costas del proceso.”
Párrafo 7 – Fundamentación jurídica: “Conforme a los artículos 1232 (obligatoriedad de contratos), 1371 (resolución por incumplimiento), 1333 (mora), 1428 (intimación), 1985 (daños y perjuicios) del Código Civil, así como artículos 424-426 del Código Procesal Civil, la presente demanda es procedente…”
Párrafo 8 – Medios probatorios: “Ofrezco como medios probatorios: 1. Contrato de fecha 01.01.2025 (documental); 2. Facturas 001-050 (documental); 3. Declaración de Gerente Comercial (testigo); 4. Perícia técnica sobre calidad de producto (pericia)…”
Recomendaciones Prácticas
Antes de demandar:
- Revisa tu contrato cuidadosamente. ¿Tiene cláusula resolutoria? ¿Cláusula penal? ¿Cláusula de arbitraje?
- Documenta todo: correos, órdenes de compra, actas de entrega, comprobantes de pago
- Intenta soluciones extrajudiciales primero: requerimiento notarial, intimación, conciliación
- Consulta con abogado comercial; el costo inicial es mínimo comparado con errores procesales que cuesten años
Durante la demanda:
- Sé preciso en el petitorio; vague significa rechazo o sentencia por menos dinero
- Adjunta TODOS los documentos probatorios desde el inicio; agregar después es complejo
- Prepara testigos; la declaración viva en audiencia es más convincente que documentos
- Solicita embargo solo si hay evidencia real de riesgo
Después de obtener sentencia:
- Si ganas, el demandado debe pagar en plazo (típicamente 30 días). Si no paga voluntariamente, procede a ejecución forzada
- Durante la ejecución se pueden embargar bienes, cuentas bancarias, remesas de sueldos, etc.
- Si el demandado apela, habrá segunda instancia (Corte Superior), alargando el proceso
La presentación de una demanda de incumplimiento de contrato es un acto jurídico formal que exige precisión, documentación y conocimiento del procedimiento. Aunque el derecho sustantivo es claro—quien incumple debe indemnizar—el acceso a ese derecho depende críticamente de cómo se estructura y presenta la demanda. Una consulta temprana con abogado comercial especializado es la mejor inversión para asegurar que tu demanda es presentada correctamente y tiene máximas probabilidades de éxito.
