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No será extraditado por los delitos que se le imputaban sobre el papel. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró de improcedente la solicitud que formuló Fiscalía con respaldo del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional para que el gobierno boliviano autorice el retorno de Martín Belaunde a nuestro país a fin de procesarlo por complicidad en peculado y asociación ilícita para delinquir, delitos que corren en razón al caso ‘La Centralita’.
La instancia presidida por el juez Javier Villa Stein sustentó la decisión unánime al afirmar que las acusaciones no iban de acuerdo al Tratado pactado por Perú y Bolivia en torno a los procesos de extradición, ni tampoco se condecían con lo establecido por el Código Penal del país vecino.
Se recuerda que hace unos días, durante la exposición del pedido por parte del Ministerio Público y la Procuraduría Anticorrupción, el fiscal supremo adjunto Alcides Chinchay solicitó una prórroga para incluir el delito de lavado de activos dentro del documento. Pese a que en esa oportunidad la Sala rechazó el plazo, hoy existe posibilidad de formular dicha imputación en una nueva solicitud de extradición. «Queda a salvo el derecho de imputar el delito de lavado de activos», aseguró Villa Stein ante la prensa.
Lea y descargue aquí la resolución de la Sala Permanente de la Corte Suprema:
Resolución consultiva caso extradición Martín Belaunde Lossio by La Ley