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4 sentencias claves sobre la prescripción de la acción penal

4 sentencias claves sobre la prescripción de la acción penal

La prescripción de la acción penal ha sido objeto de importantes pronunciamientos por parte de la Corte Suprema, en especial desde que se han regulado múltiples circunstancias en las cuales puede suspenderse o interrumpirse. Gaceta Penal te presenta los cinco pronunciamientos vinculantes supremos.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 4 de agosto 2021

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La Corte Suprema ha tenido en su historia múltiples pronunciamientos en el caso de la prescripción de la acción penal. No obstante, dentro de todos ellos los que más resaltan son los criterios vinculantes. Dos acuerdos plenarios y dos casaciones que establecen doctrina jurisprudencial los han hecho llegar. Conozcámoslos:

I.         Duplicidad de plazos de prescripción por delitos que afectan el patrimonio del estado

Uno de los primeros temas desarrollados por la Corte Suprema fue la duplicidad de los plazos de prescripción para delitos que afecten el patrimonio del Estado. Así, uno de los primeros pronunciamientos fue el Acuerdo Plenario N° 1-2010, que estableció criterios de doctrina jurisprudencial vinculante.

Así, tenemos que las Salas Supremas establecieron que la duplicidad del plazo de prescripción opera cuando se está frente a delitos que importan un ataque contra el patrimonio estatal que es ejecutado por personas que integran la Administración Pública.

Por lo tanto, solamente puede tratarse de funcionarios o servidores públicos que, por sus competencias, tengan a su cargo el patrimonio estatal, que deriva en colocarlo en estado de vulnerabilidad

Finalmente, sostuvo que los bienes pueden ser total o parcialmente del Estado, siendo este último caso cuando se está ante sociedades de economía mixta (público-privadas). Por otro lado, los bienes privados están constituidos por aquellos en posesión estatal por ejercer la administración temporal.

II.        Suspensión de la prescripción de la acción penal

Otro de los importantes pronunciamientos de la Corte Suprema es el Acuerdo Plenario N° 3-2012, en donde se estableció que la incoación de un proceso penal contra un autor no interrumpe la prescripción, sino, más bien se trata de una causal de suspensión del plazo prescriptorio.

Asimismo, se estableció que la suspensión de la prescripción se da con la formalización de la investigación preparatoria, y cuyo plazo no podrá ser mayor al plazo ordinario de prescripción más su mitad.

III.      Interrupción del plazo de prescripción por imputación concreta

En la Casación N° 347-2011-Lima se ha establecido que la interrupción del plazo de prescripción operara cuando el Ministerio Público realiza una imputación válida y concreta contra una persona y no de modo general.

Ello debido a que no pueden ampliarse los efectos de la interrupción del plazo ordinario de prescripción a personas que no han sido incluidas en la investigación.

IV.      Responsabilidad restringida debe valorarse para la reducción de plazos de prescripción

En la Casación N° 442-2015-Del Santa establece que la responsabilidad restringida del autor deberá ser valorada para la reducción de plazos de prescripción. Ello debido a que existe uniformidad en la doctrina para la reducción del plazo de prescripción a la mitad cuando concurra esta causa de disminución de la culpabilidad.


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