Se dispuso la publicación en el diario oficial El Peruano del Acuerdo de Sala Plena Nº002-2022 adoptado en su sesión del 3 de mayo de 2022 sobre la determinación del cómputo del inicio del plazo extraordinario de prescripción en el procedimiento administrativo disciplinario.
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¿Cuál fue el acuerdo?
Se acordó establecer que el cómputo de la prescripción que señala el artículo 70 de la Ley Nº30714, está referido al plazo que se computa desde la notificación de inicio del procedimiento administrativo disciplinario, extendiendo sus efectos hasta cuando el tiempo transcurrido, para aplicación de sanciones, sobrepasa en una mitad el plazo ordinario de prescripción que señala el artículo 68 de la acotada ley.
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