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ANÁLISIS: ¿Qué opinan los constitucionalistas tras la «disolución» del Congreso que Pedro Castillo anunció?

ANÁLISIS: ¿Qué opinan los constitucionalistas tras la «disolución» del Congreso que Pedro Castillo anunció?

Por Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional

miércoles 7 de diciembre 2022

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En el marco del intento de disolución del Congreso, diversos constitucionalistas analizaron la coyuntura política y jurídica que nos concierne.

En Laley.pe recogemos las versiones de cuatro abogados expertos en derecho constitucional, quienes además de recprochar lo sucedido, nos ofrecen luces para comprender lo que ocurrirá en las próximas semanas. 

  • Carlos Hakansson, abogado constitucionalista

El expresidente Pedro Castillo carecía de apoyo popular y mediático construido con el tiempo. Tampoco de las fuerzas armadas y policías que respetaron su investidura durante el mandato, pero dolidas que un apologista del terrorismo llegase a la presidencia. 

Su golpe fue tan osado como su deseo de postular a la presidencia. Sus aliados más cercanos en el actual gabinete lo abandonaron. Habría que investigar quién redactó el discurso y fueron los que influyeron en su acto de sedición.

  • Aníbal Quiroga, abogado constitucionalista

​UNA FUGA HACIA ADELANTE: EL GOLPE NO PAGA

Hoy Pedro Castillo nos ha sorprendido con un discurso nervioso para obtener poderes omnímodos, gobernar por decreto de ley, convocar a una asamblea constituyente -como ya se había adelantado testarudamente desde que asumió el poder-, “reorganizar” al Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y la Fiscalía de la Nación, que son las instituciones que lo acusan y lo persiguen por serios cargos de corrupción e infracciones constitucionales.

Felizmente, el 2022 no es el año 1992. Y aunque la escena de Castillo pareciera un deja vù con el autogolpe de Estado de Fujimori, esta vez la sociedad democrática reaccionó de inmediato, junto con la academía y las instituciones públicas y se puso en contra de un nuevo intento de “autogolpe” y llamó a las cosas por su nombre: un golpe de Estado. 

Además, los ministros renunciaron de inmediato, el embajador ante los Estados Unidos, el obsecuente embajador ante la OEA, sus acérrimos defensores. Al final, Castillo se quedó solo, flanqueado con las justas con un impredecible y nada democratico ex premier Torres, y una muy inexperta premier Betsy Chávez, embriagada de un efímero poder y en estado de shock.

Al final la democracia triunfó y la solución política se dio dentro de los parámetros exactamente previstos por la constitucion; el intento golpista -más sainete que obra consolidada- fue prontamente develado en poco más de dos horas, llamándose como corresponde en la sucesión presidencial a la vicepresidenta habilitada, la Sra. Dina boluarte, quien inmediatamente juramentó como nueva presidente constitucional de la República, nueva jefe del poder ejecutivo y nueva comandante suprema de la fuerzas armadas y de las fuerzas policiales.

El show había terminado. El telón bajó y el principal actor de esta comedia con visos de ópera bufa terminó donde no se imaginó jamás que iba a terminar, en la Dioes compartiendo celda con el expresidente Fujimori, otrora autor de otro malhadado golpe de estado que tantos pesares democráticos trajo para el Perú. 

La Constitución, la democracia y el Estado derecho han prevalecido y el Perú y sus fuerzas armadas han dado una muestra de maduración de que en el siglo XXI ya no son tolerables los golpe estado, ni las salidas al margen de la Constitución. 

Esto esto significará un avance importante en nuestra maduración institucional, democrática y política, y la Constitución se ha fortalecido. !El Perú ha ganado!

  • Milagros Campos Ramos, abogada constitucionalista

Rechazo absoluto al golpe de Estado en cualquier circunstancia. Las reacciones de los titulares de los poderes del Estado y órganos constitucionalmente autónomos son un halo de esperanza para el fortalecimiento de nuestra democracia. El sometimiento de las Fuerzas Armadas a la Constitución nos recuerdan a Miguel Grau. Firmes y unidos sin distinguir sesgos ideológicos en defensa de los valores democráticos. Corresponde la aplicar el artículo 115 para sucesión constitucional. Es momento de realizar reformas constitucionales puntuales.

  • Luis Andrés Roel Alva, abogado constitucionalista

El día de hoy Pedro Castillo, ex Presidente de la República, intentó dar un autogolpe como sucedió en abril del año 1992, tratando de disolver inconstitucionalmente el Congreso de la República e intervenir el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Tribunal Constitucional, sino que, además, obstaculizar el debido funcionamiento del resto de poderes y órganos constitucionales del Estado, pretendiendo un quebrantamiento del principio de separación de poderes y del orden constitucional. 

Es por ello que al haber infringido la Constitución Política con dicho accionar, las Fuerzas Armadas el Parlamento y el resto de instituciones no aceptaron este régimen de excepción inconstitucional (en su mensaje de nación Castillo emplea el termino régimen de excepción, cuando no está estipulado en el artículo 137° -que regula constitucionalmente los Regímenes de Excepción de Estados de Emergencia y de Sitio- de la Constitución un supuesto similar), y por lo cual debe ser denunciado por la Fiscalía de la Nación por haber disuelto inconstitucionalmente el Congreso de la República conforme lo determinar el artículo 117° de la misma Norma Fundamental. De igual manera, puede ser denunciado constitucionalmente por haber infringido la Constitución Política conforme lo determinan los artículos 99° y 100° de nuestra Constitución.

  • Arturo Crispín Sánchez, abogado constitucionalista

Pedro Castillo terminó desbloqueando su propia inmunidad presidencial y brindando una razón válida al Congreso para vacarlo, al pretender disolver el Congreso de manera inconstitucional. Así, hoy terminaría su gobierno, luego de mútiples investigaciones en su contra por presuntos actos de corrupción, el intento de instrumentalización de la cuestión de confianza, el rechazo en su contra por diversas instituciones del Estado y la ausencia de diálogo con el Legislativo y la misma ciudadanía. Procede conforme a nuestra Carta Fundamental aplicar las reglas correspondientes a la sucesión presidencial.

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