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¡Ya es oficial! Crean el Bono de Arrendamiento para Vivienda

¡Ya es oficial! Crean el Bono de Arrendamiento para Vivienda

[Ley 30952] Se publicó la norma que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda. ¿Quiénes podrán ser beneficiados por este subsidio que busca promover el acceso a un hogar para las familias peruanas de escasos recursos? Aquí te contamos los requisitos.

Por Redacción Laley.pe

jueves 30 de mayo 2019

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Se ha creado el Bono de Arrendamiento para Vivienda como un subsidio para el arriendo de viviendas y la generación de ahorro para el acceso a las mismas. Este bono se otorgará con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de cinco (5) años, con criterio de utilidad pública.

Se confiere sin cargo de restitución por parte de los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.

Así lo establece la Ley Nº 30952, Ley que crea el bono de arrendamiento para vivienda, publicada el jueves 30 de mayo de 2019 en el diario oficial El Peruano.

Se establece, además, que un porcentaje del bono de arrendamiento para vivienda se destinará para cubrir el pago del arriendo de la vivienda; mientras que el otro porcentaje se destinará a formar parte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial para la adquisición de una vivienda, ya sea en el marco del programa Techo Propio o el crédito Mi Vivienda. El valor del bono y los porcentajes se fijarán en el reglamento.

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Los requisitos para acceder al Bono de Arrendamiento para Vivienda

Se prevé que calificarán como beneficiarios del Bono de Arrendamiento para Vivienda quienes cumplan con los siguientes requisitos:

1. Sea parte de un grupo familiar o grupo conformado mínimo por dos personas no dependientes, de nacionalidad peruana.

2. Tener entre 18 y 40 años de edad, además, de ser personas de escasos recursos económicos.

3. No ser propietario ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda; y. 

4. No encontrarse postulando a otro programa de apoyo habitacional y no haber sido beneficiario de alguno de estos en cualquiera de sus modalidades.

Asimismo, se establece los criterios mínimos de selección para otorgar el bono: a) El valor mínimo y máximo de la renta mensual de la vivienda objeto del Bono de Arrendamiento para Vivienda; b) Las características que deben cumplir las viviendas objeto del Bono de Arrendamiento para Vivienda; c) Ingreso mensual máximo de los beneficiarios del Bono de Arrendamiento para Vivienda; d) Distribución descentralizada en la asignación del Bono de Arrendamiento para Vivienda; e) No encontrarse en el Registro de Deudores Judiciales Morosos; y, f) No haber integrado, siendo mayor de edad, un grupo familiar o un grupo de personas no dependientes, que haya sido beneficiario del Bono de Arrendamiento para Vivienda.

Fondo Mivivienda administrará el Bono de Arrendamiento para Vivienda

Por otro lado, se estableció que será el Fondo MiVivienda S.A. el que administre el Bono de Arrendamiento para Vivienda. En ese sentido, podrá: i) otorgar el bono previo proceso de promoción, inscripción, registro, verificación de información y calificación de las postulaciones; y, ii) conducir el sistema de información de las operaciones del bono, con la finalidad de controlar el proceso de manera objetiva y transparente.

Igualmente, podrá: iii) realizar el control posterior del Bono de Arrendamiento para Vivienda desembolsado, para garantizar el cumplimiento de los fines para los cuales fue otorgado, conforme a la metodología que apruebe para tal efecto; y, iv) podrá efectuar la recuperación del bono, así como de los intereses legales que se determinen cuando se produzca la pérdida del bono.

Finalmente, para el financiamiento del Bono de Arrendamiento para Vivienda, se autoriza al Fondo MiVivienda a utilizar los recursos que le fueron transferidos por el Ministerio de Vivienda, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2017, hasta por la suma de doce millones de soles (S/ 12 000 000.00).

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Ley.30952 by on Scribd

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