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TC rechazó amparo del CAL: Siguen siendo ilegales cobros para incorporar abogados

TC rechazó amparo del CAL: Siguen siendo ilegales cobros para incorporar abogados

El TC declaró improcedente el recurso de agravio constitucional presentado por el Colegio de Abogados de Lima. De esta manera, se rechazó el amparo presentado por el CAL contra la decisión del Indecopi que declaró como barrera burocrática ilegal los cobros realizados a los abogados para ingresar a la orden. Lea la sentencia interlocutoria aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 21 de agosto 2019

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La Primera Sala del Tribunal Constitucional rechazó la demanda de amparo que presentó el Colegio de Abogados de Lima contra la resolución de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi, la cual declaró como barrera burocrática ilegal los cobros que exigía a los abogados para incorporarse a su orden.

Así lo señaló en su sentencia interlocutoria recaída en el Expediente N.º  01544-2019-PA/TC, expedida el 11 de julio de 2019 y notificada recientemente a las partes.

Dicha sala del TC concluyó que el recurso de agravio constitucional (presentado por el CAL luego de que la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima declarara improcedente su demanda de amparo), «no está referido a una cuestión de Derecho de especial trascendencia constitucional».

Igualmente, el TC precisó que «un recurso carece de esta cualidad [especial trascedencia constitucional] cuando no está relacionado con el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental; cuando versa sobre un asunto materialmente excluido del proceso de tutela de que se trata; o, finalmente, cuando lo pretendido no alude a un asunto que requiere una tutela de especial urgencia».

Por otro lado, el TC también advirtió que el CAL no cumplió con agotar la vía previa antes de acudir a la vía constitucional. 

Así, en el fundamento 4 de su resolución, el Colegiado señaló que: “En efecto, mediante la presente demanda se pretende la nulidad de todo lo actuado en el Expediente 000321-2016/CEB, tramitado por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, donde se emitió la resolución de primera instancia administrativa constituida por la Resolución 79-2017/CEB INDECOPI, de fecha 27 de enero de 2017. Sin embargo, el demandante no ha cumplido con agotar la vía previa, pues, tal como lo expresa en su propia demanda, ha apelado la referida resolución y el caso se encuentra pendiente de resolver por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia del Indecopi (fojas 146). Por consiguiente, no corresponde emitir un pronunciamiento de fondo”.

 

VEA TAMBIÉN: CAL enfrenta nuevo proceso por barreras burocráticas debido al Curso de Práctica Forense

Como se recuerda, en mayo de 2018, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas confirmó la resolución de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas que declaró ilegales el cobro de S/. 1,500 o S/. 2,700 que exigía el CAL a los abogados que desean incorporarse a dicho colegio profesional. Igualmente, en febrero de este año, se declaró como barrera burocrática ilegal el Curso de Práctica Forense exigido por el Colegio de Abogados de Lima.

Hay que indicar que el CAL, además de la vía constitucional de amparo, también presentó una acción contencioso administrativa ante el Poder Judicial, que –tal como señaló el TC– sí es la vía regular para cuestionar las decisiones de instancia administrativa, como es el Indecopi.

Sin embargo, esta segunda acción ya ha sido declarada infundada en primera instancia mediante sentencia del 5 de julio de 2019 de la Quinta Sala Contencioso Administrativa de la Corte Superior. El CAL ha impugnado esta decisión y está actualmente en trámite.

Ud. puede descargar la sentencia interlocutoria del Tribunal Constitucional aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Sentencia Interlocutoria De… by La Ley on Scribd

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