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Un ciudadano peruano solicita judicialmente que se reconozca su unión de hecho homosexual

Un ciudadano peruano solicita judicialmente que se reconozca su unión de hecho homosexual

Desde hace cuatro años, Armando Zorrilla viene solicitando en el Poder Judicial que se reconozca la relación convivencial que mantuvo con Alejandro. Este es el primer caso en nuestro país en el que se ha admitido a trámite una demanda de reconocimiento de unión de hecho entre personas del mismo sexo. El juez ha pedido “evaluación psicológica y psiquiátrica” para determinar la orientación e identidad sexual del demandante.

Por Redacción Laley.pe

lunes 28 de octubre 2019

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Después de 26 años de convivencia, la relación entre Armando y Alejandro llegó de pronto a su fin. A fines del 2014, a Alejandro le diagnosticaron pancreatitis aguda. Estuvo internado durante 45 días hasta que falleció el 26 de enero del 2015. Ambos se conocieron e iniciaron una relación de pareja en 1989, seis años después de que Alejandro se divorciara de su exesposa, con quien tuvo dos hijos.

En todo este tiempo, formaron algunos negocios y también compraron propiedades, como un departamento en Miraflores, donde convivieron desde 1999 y que fue registrado a nombre de Armando; un minidepartamento ubicado en el mismo distrito, que adquirieron en 2007 y fue inscrito por Alejandro; y un vehículo, que obtuvieron en 2012.

Mientras Alejandro estuvo en la clínica, Armando lo acompañó y firmó las autorizaciones para las operaciones. Tras su muerte, fue quien decidió su cremación y el lugar donde echar sus cenizas. Una semana después, buscó a sus dos hijos y les informó sobre los bienes que su padre había dejado.

Consciente de que su relación no se encontraba protegida legalmente, Armando solo les pidió quedarse con una cosa: el minidepartamento. Los hijos aceptaron; sin embargo, en junio del 2015, uno de ellos se comunicó con él para decirle que iba a tomar posesión del bien y que debía desocuparlo en un plazo de 48 horas. Con esto, Armando perdía todo derecho a la masa patrimonial a la que había contribuido.

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La defensa de Armando

Tras intentar fallidamente llegar a un acuerdo con los hijos de Alejandro, Armando buscó la ayuda legal del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex). De acuerdo a la defensa, los hijos mostraron su intención de quedarse con todo. Por eso, en noviembre de 2015, Armando interpuso una demanda ante el Poder Judicial para que se le reconozca su unión de hecho.

Pero el proceso ha sido largo. El juez Erick Veramendi Flores, del Primer Juzgado de Familia de la Corte de Lima, declaró improcedente la demanda. Su defensa apeló y el caso se elevó a la Primera Sala de Familia de Lima, que en enero del 2016 declaró nula la resolución del juez Veramendi y le ordenó que admitiera la demanda. En marzo del 2017, el juez volvió a declarar improcedente el pedido.

Armando y Promsex volvieron a apelar, y el caso se elevó nuevamente a la Primera Sala de Familia, que por segunda vez le dio la razón. Y en junio del 2018, tres años después de presentada la demanda, el Primer Juzgado de Familia de Lima la admitió a trámite, inicándose así el proceso.

Claudia Castro, abogada de Promsex que lleva el caso de Armando, sostiene que el objetivo de la demanda es que se reconozca su convivencia, se declaren los bienes muebles e inmuebles de Alejandro como propiedad de la sociedad de bienes sujeta al régimen de gananciales, y se incorpore a Armando en el proceso de declaración sucesoria.

El reconocimiento de la unión de hecho también permitiría que Armando sea aceptado como beneficiario de la pensión de sobrevivencia generada por los aportes de Alejandro a la Oficina Nacional de Pensiones.

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La orden del juez

El pasado 14 de octubre, el juez Veramendi resolvió que se admita como prueba una “evaluación psicológica” a Armando ante la Corte de Lima y una “evaluación psiquiátrica” ante el Instituto de Medicina Legal, para determinar su orientación e identidad sexual. Este hecho ha sido calificado por Promsex como discriminatorio y poco pertinente para el caso. Por eso, han presentado una apelación que está pendiente de ser resuelta.

“La norma no señala medios probatorios específicos, la jurisprudencia sí: por ejemplo, la dirección del domicilio en el documento de identidad, documentos públicos que tengan el mismo domicilio, testigos, etc. Pero definitivamente ni la norma ni la jurisprudencia han señalado evaluaciones psicológicas y psiquiátricas como medios probatorios pertinentes para demostrar que existe una relación convivencial”, señaló Castro.

En ese sentido, la abogada agregó que “en el Perú, a las parejas heterosexuales no se les requiere una evaluación psicológica o psiquiátrica para demostrar su orientación sexual. En cambio, a una pareja del mismo sexo sí se le está requiriendo, y eso es discriminación”. Además, según Promsex, el juez ha amenazado con multar a Armando si no se somete a estos exámenes.

Por su parte, Armando denunció que “somos miles dentro de la comunidad LGBTI que estamos desamparados por la ley. Pero hay que luchar, pese a que este proceso judicial es doloroso. El juez ha sido inhumano e indolente, porque eso del examen psicológico es un atropello jurídico”.

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