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TC admite demanda de inconstitucionalidad contra ley que suspende el cobro de peajes

TC admite demanda de inconstitucionalidad contra ley que suspende el cobro de peajes

El Pleno del Tribunal Constitucional admitió por unanimidad la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno, contra la ley que suspende el cobro de peajes durante el estado de emergencia. Aquí te detallamos lo que debes de saber sobre dicha demanda y su admisión.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 10 de junio 2020

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La Presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, ha dado a conocer que la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ejecutivo contra la Ley N° 31018, ley que suspende el cobro de peajes a nivel nacional durante el estado de emergencia, ha sido admitida a trámite por unanimidad. Por lo que el Congreso de la República tendrá un plazo de 30 días hábiles para contestar la demanda.

La decisión ha sido arribada durante la sesión virtual del Pleno y por unamidad, participando los magistrados Marianella Ledesma Narváez (Presidenta del TC), Augusto Ferrero Costa (Ponente), Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez y José Luis Sardón de Taboada. 

Como se recuerda, la Ley N° 31018 fue aprobada por insistencia por el Congreso y, finalmente, publicada el 09 de mayo en El Peruano. La norma dispuso que durante el estado de emergencia por la COVID-19, no se cobrarán los peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada. 

Aparentemente, la vigencia de la ley no solo ocasionaría la afectación de 56 peajes y concesionarias, sino además futuros perjuicios económicos a partir de los arbitrajes ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), interpuestos por las concesionarias afectadas contra el Estado peruano. 

Asimismo, según lo refiere la demanda, el Ejecutivo alega que esta norma vulneraría los artículos 58, 62 y 137 de la Constitución Política

Cabe rescatar lo alegado sobre el artículo 62, disposición constitucional que establece la prohibición de modificar los términos de un contrato a través de una ley. Al respecto, el Ejecutivo cuestionó la presente ley, pues modificaría los contratos celebrados entre el Estado y los concesionarios que manejaban los peajes.

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