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Informe de CIDH sobre protestas en Perú: cinco puntos relevantes para comprenderlo

Informe de CIDH sobre protestas en Perú: cinco puntos relevantes para comprenderlo

Por Redacción Laley.pe

miércoles 3 de mayo 2023

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó su informe de país sobre el Perú sobre las protestas desarrolladas durante el gobierno de Dina Boluarte.

Este informe de 113 páginas contiene pasajes en torno al derecho a la protesta y la libertad de expresión, así como el uso de la fuerza policial, entre otros asuntos jurídicos de relevancia coyuntural y académica.

En el contenido del documento se dio cuenta de un total de 57 fallecidos y que el uso de la fuerza policial en Lima, Ica, Arequipa y Cusco, la respuesta del Estado, a través de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, se caracterizó por el uso “desproporcionado, indiscriminado y letal de la fuerza”.

En ese sentido, en la página 49 del documento la Comisión asegura que «hubo graves episodios de uso excesivo de la fuerza, en particular en los escenarios donde intervinieron fuerzas militares». Esta declaración fue consignada en el capítulo denominado Respuesta estatal a las manifestaciones. 

En torno al derecho a la protesta sobre la toma de aeropuertos, la Comisión IDH fue enfática al sostener lo siguiente: «El derecho a la protesta protege la presencia de manifestantes que, de forma pacífica, ocupan un aeropuerto o edificios públicos sin la destrucciónde la infraestructura».

Sin embargo, a renglón seguido, la CIDH sostuvo que si estas acciones (la toma del aeropuerto) se extienden en tiempo y modo al punto de comprometer gravemente derecho a la vida, integridad, salud y abastecimiento, el Estado puede tomar medidas para garantizar los derechos en tensión.  

Ante el caso de toma de aeropuertos en Perú, la CIDH reconoce que las modalidades afectaron la infraestructura y que los bloqueos de carreteras comprometieron la vida de 4 personas, quienes fallecieron por el impedimento del tránsito vehicular. 

Este informe desarrolla diversos temas, entre ellos, el derecho a la vida desde una perspectiva muy particular: al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida podrían calificarse como una masacre. Este criterio fue consignado en la página 59 del informe. 

El denominado terruqueo (estigmatización) 

El informe también desarrolla en dos apartados el denominado «terruqueo» de autoridades y medios de comunicación, de acuerdo a lo que indica la CIDH: 

221. Como una manifestación de la discriminación estructural, la CIDH tuvo conocimiento de mensajes generales y estigmatizantes, como la utilización de términos que asocian a las personas que protestan con alegadas actividades terroristas, mediante el llamado “terruqueo”. Ello no sólo revive un pasado reciente de conflicto armado que no ha encontrado suficientes esfuerzos de reconciliación, sino que, además, deshumaniza a las personas manifestantes.

253. En el contexto peruano y tomando en consideración las denuncias de estigmatización a partir del uso del término «terruqueo», la CIDH ve con particular preocupación la utilización de tipos penales sobre terrorismo. Las políticas contra el terrorismo o crimen organizado no deben legislarse de modo tal que restrinjan los derechos humanos y generen un efecto inhibitorio generalizado para el ejercicio de los derechos de reunión, asociación, libertad de expresión y derechos políticos. Dichas figuras deben aplicarse en forma muy precisa y con elementos probatorios a personas que estén cometiendo las conductas penales y no de forma generalizada a quienes participen en protestas pacíficas.

 

Labor periodística durante protestas

Este punto es importante, pues la CIDH, además de mencionar que el denominado terruqueo también provino de los medios de comunicación, mediante un párrafo manifiesta su particular preocupación por las declaraciones vertidas en el programa Willax TV, en concreto, por el periodista Phillp Butters, a quien mencionan en el pie de página. Esto fue lo que dijo la Comisión sobre las incitaciones que el periodista profirió para que la policía dispare directamente a la cabeza de los manifestantes. 

266. La CIDH registra con particular preocupación el caso de un periodista de Willax TV que cuestionó al Director de la Policía sobre por qué los agentes de la fuerza pública no estaban disparando directamente a la cabeza de los manifestantes y en otra 388 ocasión afirmó que los consideraba «subversivos» y «entrenados para matar» .389

 

Pie de página: 

388. Consejo de la Prensa Peruana. 9 de diciembre de 2022. El Consejo de la Prensa Peruana condena las declaraciones de Phillip Butters; SERVINDI. 9 de diciembre de 2022. Phillips Butters se fue otra vez de boca y es censurado ampliamente.

389. Willax. 13 de diciembre de 2022. Phillip Butters sobre marchas a nivel nacional: Son subversivos entrenados con armas para matar

Finalmente, la Comisión formuló 36 recomendaciones y exhortó al Estado Peruano a que las reparaciones para las víctimas sean integrales e incluyan acciones de compensación, rehabilitación médica y psicológica.

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