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“Finalidad de Sunafil  no es sancionatoria ni recaudadora”

“Finalidad de Sunafil no es sancionatoria ni recaudadora”

Precisó que la Superintendencia promueve el cumplimiento de la normatividad sociolaboral. Destacó también que la creación del Tribunal de Fiscalización Laboral beneficiará indirectamente al Poder Judicial.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 26 de marzo 2014

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Las empresas que no cumplan la normativa laboral ya están advertidas. A partir del 1 de abril la Superintendencia de Fiscalización Labora (Sunafil) inicia sus funciones en Lima. En entrevista con LaLey.pe, el superintendente Aldo Ortega, dio detalles del rol que desempeñará este organismo. 

Según expresó, el nuevo sistema de inspección del trabajo se basa en tres pilares muy importantes: las inspecciones hacia las empresas, la orientación y prevención de infracciones, y también la inteligencia inspectiva que desarrollará estudios sobre la informalidad laboral. 
Asimismo, aclaró que la finalidad de la Sunafil “no es sancionatoria, ni recaudadora”, pues su institución promueve el cumplimiento de la normatividad sociolaboral, de seguridad y salud en el trabajo. Agregó que estas van de la mano con los intereses legítimos de las empresas para promover su productividad y competitividad. 
En ese sentido, el superintendente además precisó: “Los empresarios que no cumplan la normatividad laboral y de seguridad en el trabajo siempre deben estar preocupados. Más que por nosotros, por sus propios trabajadores porque están autoperjudicándose al no proveer un buen clima laboral”. 
De otro lado, destacó los beneficios que generará la creación del Tribunal de Fiscalización Laboral. Según dijo, este órgano se encargará de que no haya procesos judicializados, lo que es una ventaja indirecta para el Poder Judicial. Además, beneficiará a las empresas y trabajadores porque nadie quiere llegar a un juicio.

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