
En el marco de las iniciativas de reforma del sistema judicial, el Poder Judicial remitió este viernes al Congreso el proyecto de ley que modifica el mecanismo de elección del presidente de la Corte Suprema de la República, y de presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país.
De esta manera, la referida iniciativa legislativa que fue entregada al Parlamento propone la modificación de los artículos 73, 74 y 88 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En el texto se señala además que, quien sea elegido como presidente de la Corte Suprema (que es también del Poder Judicial), deberá contar con no menos de tres años de antigüedad como juez supremo titular.
VEA TAMBIÉN: Conoce los nuevos cambios realizados por el Ministerio Público a nivel nacional
Precisamente serán todos los jueces titulares del país quienes, por mayoría absoluta, deberán decidir su elección. El ganador será quien obtenga más de la mitad de los votos válidamente emitidos en la sesión. En caso no se logre mayoría absoluta, se volverá a someter la elección en votación, la cual será solo entre los candidatos que obtuvieron las dos más altas mayorías relativas.
Con respecto a la elección de los presidentes de cortes superiores, el texto señala que su elección será por votación entre todos los jueces titulares del respectivo distrito judicial, y será designado por mayoría absoluta. Además, deberá contar con no menos de tres años de antigüedad como juez superior titular.
Para ambos casos, el periodo de gestión tendrá una duración de tres años y no hay reelección.
Finalmente, se detalla que el proceso de elección será realizado el primer jueves del mes de diciembre del año que corresponda. En caso alguno que los jueces no realicen la emisión de su voto por causa injustificada, es considerado falta grave que se sanciona con multa.