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Esta es la directiva de la SUNARP para inscribir congelamiento de bienes por lavado de activos

Esta es la directiva de la SUNARP para inscribir congelamiento de bienes por lavado de activos

¿Cuál es la vigencia del asiento de presentación generado por la solicitud de la UIF-Perú para el congelamiento administrativo de activos? ¿Es prorrogable? Conoce el procedimiento que acaba de fijar la Sunarp para la inscripción de esta medida en el Registro de Predios o en el Registro de Propiedad Vehicular.

Por Redacción Laley.pe

jueves 25 de octubre 2018

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Sunarp ha publicado la directiva para la inscripción de la medida administrativa de congelamiento de activos dispuesta por la UIF-Perú y convalidada mediante resolución judicial, ya sea en el Registro de Predios o en el Registro de Propiedad Vehicular de las distintas oficinas registrales.

La presentación electrónica de esta medida de congelamiento de activos se deberá realizar mediante el uso de un servicio web que permita el llenado de la solicitud de inscripción y su envío electrónico al registro para generar el asiento de presentación. De allí que los funcionarios de la UIF-Perú se constituyan en presentantes de la medida de congelamiento administrativo ante el registro y son los responsables por el uso correcto del servicio web; así como de la posterior presentación del parte judicial en soporte papel que convalide o revoque dicha medida administrativa, dentro del plazo de la vigencia del asiento de presentación.

Así lo establece la Directiva que regula el procedimiento para la presentación e inscripción de la medida de Congelamiento Administrativo de Activos de la UIF-Perú, aprobada mediante Resolución N° 273-2018-SUNARP/SN, publicada en el diario oficial El Peruano del jueves 25 de octubre de 2018. 

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La norma establece que la facultad de congelamiento administrativo de activos de la UIF-Perú se ejecuta, en sede registral, con la generación automática del asiento de presentación del título ingresado al registro a través del servicio web de la SUNARP. En tanto, es el parte judicial de convalidación el instrumento que da mérito a la calificación e inscripción de la medida de congelamiento administrativo de activos en la partida registral del registro de predios o del registro de propiedad vehicular, según corresponda.

igualmente, se dispone que el parte judicial de convalidación que se presente por el diario de la oficina registral dentro del plazo de vigencia del asiento de presentación de la medida de congelamiento administrativo de activos solicitada por la UIF-Perú, retrotrae sus efectos a la fecha y hora del asiento de presentación de la aludida medida administrativa; salvo disposición en contrario del propio mandato judicial.

Del mismo modo, la norma establece que la presentación, calificación e inscripción del congelamiento administrativo de activos, así como su revocación, están exoneradas del pago de derechos registrales, conforme a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2018-JUS.

Se precisa, además, que la vigencia del asiento de presentación generada por la solicitud de la UIF-Perú sobre medida de congelamiento administrativo de activos es de treinta y cinco (35) días hábiles. Igualmente, se dispone que procede la prórroga automática del asiento de presentación, de acuerdo al plazo previsto en el primer párrafo del artículo 27 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, ante pedidos de aclaración que el registrador formule al juez, como consecuencia de la calificación del parte judicial que dispone convalidar el congelamiento administrativo de activos.

Por último, se señala que el funcionario de la UIF-Perú deberá presentar el título en soporte papel, con la documentación correspondiente, hasta el sexto día hábil anterior al vencimiento de la vigencia del asiento de presentación. Una vez presentado el título en soporte papel, el registrador emitirá pronunciamiento en un plazo de 48 horas, bajo responsabilidad, ya sea inscribiendo o emitiendo la esquela de observación o tacha, según sea el caso. 

Ud. puede descargar esta importante directiva de la Sunarp aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

Resolución N° 273-2018-SUNARP/SN by La Ley on Scribd

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