Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Este es el TUO del Reglamento de portabilidad numérica

Este es el TUO del Reglamento de portabilidad numérica

Se ha publicado el Texto Único Ordenado del Reglamento de portabilidad numérica para celulares y telefonía fija. Conozca los los derechos y garantías de los usuarios en este procedimiento.

Por Redacción Laley.pe

viernes 11 de enero 2019

Loading

[Img #23444]

La realización de la portabilidad podrá implicar la interrupción del servicio por un periodo máximo de tres (3) horas en todos los casos, entre la deshabilitación del número telefónico por el concesionario cedente y la habilitación del número telefónico por el concesionario receptor.

La ventana de cambio será de lunes a domingo incluido feriados entre las 00:00 y las 06:00 horas. Se excluye del periodo máximo de interrupción del servicio, las interrupciones producidas por casos fortuitos o fuerza mayor.

Así lo establece el artículo 15 del Texto Único Ordenado del Reglamento que establece las normas y procedimientos para la portabilidad numérica en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija, cuerpo normativo que ha sido aprobado mediante la Resolución Nº 286-2018-CD/OSIPTEL, publicado el viernes 11 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Res.286-2018-CD-Osiptel by on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS