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Víctor Prado Saldarriaga cuestionó la Ley Orgánica de la JNJ aprobada por el Congreso

Víctor Prado Saldarriaga cuestionó la Ley Orgánica de la JNJ aprobada por el Congreso

El expresidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, se refirió a la reciente aprobación en el Congreso de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia. Afirmó que la norma no cubre las expectativas ya que atenta contra la estabilidad laboral de los jueces.

Por Redacción Laley.pe

martes 5 de febrero 2019

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El expresidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, cuestionó la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la cual fue aprobada por el pleno del Congreso el pasado fin de semana, ya que considera que «no cubre las expectativas correspondientes» para una reforma del sistema jurisdiccional.

En declaraciones a Canal N, Prado Saldarriaga afirmó también que, a su juicio, esta iniciatva atenta contra la estabilidad de los jueces: «Particularmente, preocupa al Poder Judicial aquellas disposiciones que tienen relación con las reglas vinculadas a la ratificación y a la aplicación de este control intermedio o evaluación de idoneidad porque no se ha pensado en la magnitud de estos procedimientos que fallaron en el pasado, por su extensión».

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En ese contexto, el extitular del Poder Judicial señaló que la Ley Orgánica recientemente aprobada generará un clima de incertidumbre en la institución que presidió el año pasado: «Obviamente es una forma de mantener al Poder Judicial en un constante proceso de incertidumbre y de ejercicio de evaluaciones que, reitero, no son la vía para hacer una mejor administración de justicia. De hecho, estos procedimientos van a afectar la estabilidad de los jueces y eso es lo que siempre hemos cuestionado».

Sin embargo, Prado Saldarriaga señaló que el proyecto es mejor respecto a las anteriores iniciativas legislativas ya que presenta una mayor claridad sobre las funciones y acciones que deberá cumplir la JNJ: «Hoy se tiene un texto que, podemos decir, es más sistemático, de alguna manera presenta con mayor claridad las funciones y la actividad que deberá de cumplir la JNJ y antes de ella la Comisión Especial que va a nombrar a sus integrantes».

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