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Este es el proyecto de ley que permitirá a los padres decidir el orden de los apellidos del hijo

Este es el proyecto de ley que permitirá a los padres decidir el orden de los apellidos del hijo

Lea aquí el proyecto de ley, que ya cuenta con dictamen favorable, que modificaría el Código Civil para permitir que los padres escojan el orden de los apellidos de sus hijos. ¿Qué pasaría en el caso de los hijos nacidos fuera del matrimonio? Acá te lo contamos.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 6 de marzo 2019

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La Comisión de Mujer y Familia del Congreso aprobó ayer un predictamen que recoge el proyecto de ley de la bancada Unidos por la República y de otros congresistas acerca de la inscripción y libre elección de apellidos de los recién nacidos.

En dicho proyecto se propone la modificación de los artículos 20, 21, 22 y 24 del Código Civil. Respecto al primero de ellos, que regula el apellido del hijo, se establecería que al menor le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre, en el orden que ambos decidan de común acuerdo.

Asimismo, se establece que, a falta de acuerdo, a fin de no afectar el derecho a la identidad del recién nacido, el funcionario de la Oficina del Registro Civil ante el que se solicite la inscripción, registrará al hijo con el primer apellido de cada uno de los padres, según el orden alfabético.

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Igualmente, se prevé que de solicitarse el registro de más hijos, el padre y la madre deberán seguir el orden de los apellidos establecidos para el primero de sus hijos.

Por otro lado, también se modificaría el artículo 21 del Código Civil, referido a la inscripción del nacimiento, a fin de determinar que en el caso de los hijos nacidos fuera del matrimonio e inscritos separadamente por uno de los padres, el orden de los apellidos será establecido por el padre o madre que lo inscribe. 

En lo que respecta al artículo 22 del Código Civil, se propone que, en caso de existir dos adoptantes, el adoptado llevará el primer apellido de cada uno, en el orden que ambos decidan de común acuerdo. Igualmente, se establecería que el hijo de uno de los cónyuges o concubinos podrá ser adoptado por el otro; en cuyo caso, el mecanismo para establecer el orden de los apellidos del hijo adoptado será el mismo que el establecido en el artículo 20.   

Finalmente, en lo que se refiere a la modificación del artículo 24 del Código Civil, se propone que no solo la mujer tenga el derecho de llevar el apellido del marido agregado al suyo, sino que también el marido pueda optar por llevar el apellido de la esposa

Ud. puede descargar este proyecto aquí y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:

 

P.L.039-18-2019-0220 by on Scribd

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