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Este es el proyecto que propone la colaboración eficaz en las investigaciones del Congreso

Este es el proyecto que propone la colaboración eficaz en las investigaciones del Congreso

Se ha presentado un polémico proyecto de ley que incluiría el régimen de colaboración eficaz en las investigaciones a cargo del Congreso. ¿Qué exactamente propone esta iniciativa? ¿Podría beneficiar a los políticos investigados? Aquí te lo contamos.

Por Redacción Laley.pe

lunes 8 de abril 2019

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Gran polémica ha causado la iniciativa presentada por cinco parlamentarios de distintas tiendas políticas que busca modificar los artículos 88 y 89 del Reglamento del Congreso a fin de introducir la figura de la colaboración eficaz en los procedimientos de investigación a cargo del Parlamento. 

Así, respecto al artículo 89, el proyecto propone establecer que los altos funcionarios del Estado podrán invocar su colaboración oportuna y pertinente en la investigación, «para la reducción de la sanción políticia a imponérseles si son denunciados constitucionalmente ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales». 

Igualmente, se modificaría el artículo 89 para, entre otras cosas, establecer que la información que proporcione el colaborador debe permitir, alternativa o acumulativamente, «evitar la continuidad, permanencia o consumación de una infracción constitucional o delito, o disminuir la magnitud o consecuencias de su ejecución; conocer las circunstancias en las que se planificó y ejecutó la infracción constitucional o delito; identificar a los autores y partícipes; y/o entregar los medios probatorios que acrediten su dicho».

El proyecto de ley (consignado con el N° 4153/2018-CR) fue presentado por los congresistas Daniel Salaverry, presidente del Congreso, Jorge del Castillo del Partido Aprista, Sergio Dávila de Peruanos por el Kambio, Edmundo del Águila de Acción Popular, y Gloria Montenegro de Alianza por el Progreso.

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Igualmente, la iniciativa establece que el incumplimiento de las obligaciones a las que está sujeto el colaborador determinará la pérdida del beneficio de reducción de la sación política. 

Finalmente, se establece que «si el colaborador presenta información falsa, tendenciosa o de mala fe será considerado como agravante para la sanción política que le corresponda, sin perjuicio de las responsabilidades de naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar».

Ud. puede descargar este proyecto de ley aquí y/o leerlo en nuestro archivo Scribd:

 

P.L.04153-2019-0405 by on Scribd

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