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Conoce las nuevas medidas de aislamiento social que regirán a partir del 15 de enero

Conoce las nuevas medidas de aislamiento social que regirán a partir del 15 de enero

Estas son las nuevas medidas de aislamiento social dictadas por el Gobierno del presidente Sagasti que regirán a partir del 15 al 31 de enero. También conoce en qué «zona de riesgo» se encuentra tu región para la aplicación del nuevo horario de toque de queda.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 13 de enero 2021

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Esta tarde, el presidente Sagasti informó en conferencia de prensa las nuevas medidas de aislamiento social tras la confirmación de la segunda ola de contagios de la COVID-19. Las nuevas disposiciones que serán publicadas el día de mañana en el diario oficial El Peruano regirán a partir del 15 al 31 de enero del presente año y están divididas por zonas de riesgo según fueron catalogadas por el Gobierno.

Nuevo horario de toque de queda:

Las zonas catalogadas como «Riesgo Moderado» tendrán restricción de tránsito dese las 11:00 PM hasta las 4:00 AM del día siguiente. En este grupo se encuentran las regiones de Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, San Martín y Ucayali.

Las zonas de «Alto Riesgo» también tendrán toque de queda pero desde las 9:00 PM hasta las 4:00 AM. Esta restricción es para los departamentos de Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco y Tumbes.

Finalmente, las zonas de «Riesgo Muy Alto» conformadas por Ancash, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Regiones, Piura y Tacna tendrán restricción de circulación total desde las 7:00 PM hasta las 4:00 AM.

Asimismo, también se dispuso la restricción de circulación vehicular los días domingos para algunas regiones del país.

Nuevos aforos para establecimientos:

Para aquellas regiones que se encuentren catalogadas con «Riesgo Moderado» el aforo de los establecimientos será el siguiente: 40% para gimnacios y centros culturales, 50% para las tiendas comerciales y 60% para restaurantes. Este grupo sí tiene permitido la circulación de vehículos los días domingos.

Para aquellas regiones que se encuentren catalogadas con zonas de «Alto Riesgo» el aforo de los establecimientos será el siguiente: 30% para gimnacios y centros culturales, 40% para las tiendas comerciales, y 50% para restaurantes. La restricción de circulación de vehículos los días domingos sí es aplicable.

Para aquellas regiones que se encuentren catalogadas con zonas de «Riesgo Muy Alto» el aforo de los establecimientos será el siguiente: 20% para gimnacios y centros culturales, 30% para las tiendas comerciales y 40% para restaurantes. Finalmente, la restricción de circulación de vehículos los días domingos sí es aplicable también para este grupo, a ello se suma la restricción de transito peatonal.

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