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Indecopi: Esta es la resolución que multó a La Rosa Náutica por discriminar a mujeres

Indecopi: Esta es la resolución que multó a La Rosa Náutica por discriminar a mujeres

Conozca los argumentos de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi para multar a «La Rosa Náutica». Conocido restaurante entregaba cartas de comida diferenciadas para hombres y mujeres: las de los varones contaban con los precios de los platos, mientras que las cartas para las mujeres no.

Por Redacción Laley.pe

viernes 18 de octubre 2019

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La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, sancionó al conocido restaurante «La Rosa Náutica» por incurrir en actos de discriminación en contra de las mujeres.

Esto, al verificarse que cuando hombres y mujeres acudían en pareja a dicho establecimiento, el personal del local les entregaba cartas de comida diferenciadas: a ella les ofrecían cartas que no consignada el precio de los platos ofrecidos por el restaurante, mientras que a los hombres sí les otorgaban cartas con los precios.

Esta situación evidenciaba un trato discriminatorio en la medida que se daba un trato diferente a las mujeres, sin existir razones objetivas y razonables para ello, Dicha conducta, conforme al Colegiado, vulneró los artículos 1 numeral 1.1. literal d) y 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. La sanción fue de 50 UIT, equivalentes a S/ 210 000 (doscientos diez mil soles). Así se determinó en la Resolución N° 2758-2019/SPC-INDECOPI, expedida el 4 de octubre de 2019.

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En dicha resolución se desestimó el principal alegato de la denunciada, referido a que su política interna consistía en enaltecer la posición de la mujer, «considerando como un halago el hecho de que pueda pasar una velada romántica y agradable en pareja, sin tomar en cuenta el costo de los servicios».

Mas bien la Sala concluyó que el trato diferenciado brindado estaba basado en la generalización o preconcepción que se hacía de las personas, en razón de su pertenencia a un determinado género (estereotipo), ocasionando un menoscabo o limitación del goce y/o ejercicio del derecho a la información que tienen todas las personas, incluidas las mujeres, dado que no podían conocer el precio de los productos que deseaban consumir cuando revisaban la carta de comida (sin precios) que les entregaban.

Como medidas correctivas de oficio, se ordenó a «La Rosa Náutica» que, de manera inmediata, deje de repartir cartas de comida diferenciadas entre hombres y mujeres; así como capacite a su personal, dependiente y/o contratado, sobre la prohibición de discriminar a los consumidores.

Igualmente, se dispuso que se coloque un cartel en la parte exterior del establecimiento y sus demás locales en el que se consigne el siguiente mensaje: “Este establecimiento está prohibido de discriminar a sus consumidores por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra índole, pues ello constituye una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 29571)”.

Ud. puede descargar esta importante resolución aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Res 2758 2019 Spc Indecopi by La Ley on Scribd

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