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Carlos Ramos: “Con la disolución del Congreso ya no habría obstrucción a la justicia”

Carlos Ramos: “Con la disolución del Congreso ya no habría obstrucción a la justicia”

El magistrado del Tribunal Constitucional explicó las razones por las que votó a favor del habeas corpus que ordena la excarcelación de Keiko Fujimori.

Por Redacción Laley.pe

martes 26 de noviembre 2019

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El magistrado Carlos Ramos Núñez fue uno de los cuatro miembros del Tribunal Constitucional que votó a favor de anular la prisión preventiva que Keiko Fujimori, a quien la Fiscalía le imputa el delito de lavado de activos, cumplía desde el 31 de octubre del año pasado.

De acuerdo con el magistrado, la principal razón por la cual votó para excarcelar a lideresa de Fuerza Popular es que, a su parecer, el peligro de obstrucción a la justicia que se le atribuye se habría diluido o, por lo menos, disminuido sustancialmente con el cierre del Congreso.

“En este momento, no habría una obstrucción a la justicia. La hubo, pero la obstrucción a la justicia no puede verse en términos estáticos, sino dinámicos. Podemos hablar de obstaculización a la justicia cuando el fujimorismo era un poder en el Congreso, cuando tenía 73 congresistas, cuando tenía la fuerza de la ‘Mototaxi’ [el chat interno de la bancada de Fuerza Popular], cuando tenía influencia en el Poder Judicial y en el Ministerio Público”, señaló a Perú21.

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El magistrado también explicó que su única coincidencia con la resolución elaborada por Ernesto Blume, presidente del TC y ponente del caso, es la vulneración a la libertad personal de Keiko Fujimori.

“Yo he firmado un voto singular. En el sentido de que se declara fundado el habeas corpus por el tema de la libertad personal, pero no por las otras supuestas vulneraciones como el de derecho a la defensa y, me parece, en otros seis aspectos”, apuntó.

Respecto al caso del expresidente Ollanta Humala, en el que también votó a favor de anular la prisión preventiva, Ramos considera que ha sido coherente. “Yo he mantenido mi posición desde el principio bajo el criterio pro persona”, finalizó.

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